Si de algo no se le puede acusar a la Corte Constitucional es de falta de habilidad e imaginación. Sus resoluciones y sentencias constituyen piezas únicas, de antología. Deberían ser estudiadas en las facultades de derecho como muestras de la perfección que se puede alcanzar en el arte de la ambigüedad. Lo han hecho antes y lo volvieron a hacer ahora con la declaración de inconstitucional parcial de las reformas propuestas por el presidente de la República al Código de la democracia.
Estos señores (y señoras, por supuesto) deben haber sentido que quedaban bien con tirios y troyanos cuando eliminaron once palabras de la larga oración con la que se pretendía limitar la información y la expresión de la ciudadanía. El veto original apuntaba a restringir e incluso eliminar la posibilidad de que las personas comunes y corrientes pudieran conocer y evaluar las diversas ideas que deben circular dinámicamente en los procesos electorales. Incluso restringía la posibilidad de que se pudiera conocer a los contendores por medio de una foto o de una semblanza de su trayectoria. En efecto, el texto original enviado por el presidente establecía que “Los medios se abstendrán de hacer promoción directa o indirecta ya sea desde reportajes, especiales o cualquier otra forma de mensaje que tienda a incidir a favor o en contra de determinado candidato, postulado, opciones, preferencias electorales o tesis políticas”. Estaba clarísima la intención.
En su sentencia, la Corte se limitó a eliminar la frase “ya sea desde reportajes, especiales o cualquier otra forma de mensaje”, mientras dejaba el resto del texto intocado. Supuestamente, de esta manera se eliminarían las amenazas de control a los medios y, en consecuencia, no existiría la censura previa (y la obligación de autocensura) que estaba contenida en el texto presidencial. Pero, la verdad es que esos peligros no se han eliminado y más bien quedan establecidos tan firmemente como en el texto anterior. Efectivamente, cuando uno se pregunta por los instrumentos y los procedimientos que utilizan los medios de comunicación para transmitir información y para cumplir su papel de portadores de opiniones, la única respuesta posible es que son los “reportajes, los especiales y cualquier otra forma de mensaje”, incluyendo las fotos y los artículos de opinión. No hay otros medios y procedimientos. Por tanto, aunque la referencia directa haya sido eliminada del texto, ellos siguen presentes en términos reales y concretos. Los medios de comunicación no hacen ni pueden hacer otras cosas que reportajes, informes especiales y artículos, de modo que el simple hecho de dejar de nombrarlos no los elimina en la realidad. Están ahí, en el nuevo texto, pero hábilmente ocultos en la ambigüedad de una frase mutilada.
Sí, ambigüedad, esa palabra que tiene el mismo origen de ambos y por consiguiente, en uno de sus significados, alude a una situación intermedia, indefinida. Más que como palabra, hay que considerarla como una actitud, como una posición ante la vida. Es la actitud y la posición del jurista que acepta frontalmente, sin ambigüedades que su cargo es político.