Se supone que la administración de justicia es el aparato estatal llamado a solucionar los conflictos que se producen entre ciudadanos, o entre el Estado y los ciudadanos de un país, dentro del marco legal preestablecido, dando a cada quien lo que le corresponde.

Los fallos que van saliendo en los procesos de solución de conflictos están llamados a incorporarse a la jurisprudencia nacional hasta convertirse en fuente de interpretación y aplicación de la ley, de forma obligatoria o referencial, pero en el entendido que la función de administrar justicia es dinámica y debe ir de la mano con el desarrollo de la sociedad.

Pero, ¿qué pasa cuando toda esa jurisprudencia no sale de sesudos estudios de derecho, de la ética y de la misma justicia, sino de la manipulación de la ley, del servilismo de una función de Estado, de la incapacidad de jueces, o de la pura y simple corrupción?

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Pues, comienza a producirse una especie de antijurisprudencia negativa que aniquila la positiva que pueda haber, como cuando colisionan la materia y la antimateria; con nefastas consecuencias para la seguridad jurídica.

Así, ahora nuevos jueces y los que restan de los anteriores –para no quedarse atrás– tipifican la protesta social como delito de terrorismo.

En otro caso condenan a una persona jurídica dentro de un juicio penal de acción privada aun cuando la ley vigente no lo permite.

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Además, archivan grandes casos que perjudican intereses del pueblo, pero persiguen a quienes obran motivados por sus principios y en ejercicio de sus derechos.

Lo peor es que todo esto ni siquiera se hace dentro de un ejercicio interpretativo de la ley, sino contraviniendo lo que dice o inventándose lo que no dice, porque ahora resulta que, por ejemplo, aunque según la ley solo cabe calificar una denuncia de maliciosa o temeraria luego de tramitado un proceso, en sentencia o auto interlocutorio, un juez de Corte Nacional (de los que ganaron el último concurso) máximo organismo de la justicia ecuatoriana, decide que aunque ni se haya iniciado el proceso determina que una denuncia es “maliciosa y temeraria” afectando terriblemente la jurisprudencia nacional, pues: 1) esta calificación se concibe como sanción para el procesamiento injusto y no cabe sin que haya habido este procesamiento; 2) una conducta no puede ser maliciosa y temeraria al mismo tiempo porque nadie puede desdoblarse y obrar de manera negligente o maliciosa simultáneamente; y 3) lo hizo ante cámaras de televisión aun cuando toda diligencia judicial no puede ser grabada.

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A esto se suma el caso de un fiscal que pide archivar un juicio que lo involucra de alguna manera, actuando como fiscal formalmente, pero en el fondo consituyéndose su propio defensor; aparte de que en otros casos ha aceptado pruebas inconstitucionales y solicitado enjuiciamientos en violación de fueros garantizados por la ley y la Constitución.

¿Qué se puede esperar de un país donde la justicia se imparte desde micrófono todos los sábados?

Porque en último caso, aunque se suponga que en un Estado democrático todo el mundo tiene derecho a decir lo que quiera y pedir lo que se le ocurre, la función del organismo judicial debería ser responder a los altos principios de la independencia institucional y administrar justicia con la ley en la mano.

Si esto no ocurre en los más altos estratos, ¿qué puede esperarse de los más bajos, donde trámites constitucionales, por decir algo, han sido completamente prostituidos y usados para violar derechos, sustraerse documentos y hasta para tratar de apresar a gente inocente; mientras que en los penales se liberan asesinos, plagiadores y ladrones, pero se persigue a ciudadanos honestos.

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¿Este es el país que nos están dejando de herencia? ¿Esta es la revolución prometida con tanta propaganda?

Una mala administración de justicia es sinónimo de inseguridad, delincuencia, alarma social, pobreza, atraso, subdesarrollo, corrupción y, lo peor de todo, conformismo conveniente.

Debemos entender que para transitar hacia el futuro más que una carretera en buen estado, lo que se necesita es realmente seguridad jurídica porque el concreto no construye un país tan sólido, como lo hace el respeto a la ley y a los derechos de todos.

Carlos Gustavo Cortaza Vinueza,
abogado especializado en Derecho Penal, Guayaquil