Nuevos delitos
Entre los nuevos delitos penales incluidos en el proyecto están sicariato, prostitución forzada, violencia intrafamiliar y trata de personas.

El sicariato será sancionado con pena privativa de libertad de 25 a 28 años. Mientras que la trata de personas será sancionada con pena que llegaría a los 35 años cuando la víctima sea un menor de 5 años.

La destrucción de bienes patrimoniales culturales también está tipificado. A esto se lo define como la comercialización, fabricación o adulteración de los mismos.

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Inviolabilidad de vida
Contra la inviolabilidad de la vida están la instigación al suicidio, aborto no consentido, preintencional, consentido, voluntario consentido, con muerte, aborto terapéutico o eugenésico, homicidio, asesinato.

Mientras que la mala práctica médica también se sancionará, en caso que de forma culposa, provocare daños en la salud de las personas, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años e inhabilitación para el ejercicio profesional por dos años.

Delitos informáticos
Los delitos informáticos también forman parte de este proyecto. Las penas van de tres a once años. Este tipo de delitos están divididos en falsedad informática, estafa informática y daño informático.

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La no afiliación Social también está tipificada. El empleador que no afilie a sus trabajadores al seguro social obligatorio, conforme ordena la ley, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años y multa de doscientas remuneraciones básicas unificadas del trabajador privado en general.

Enriquecimiento privado no justificado
El enriquecimiento privado no justificado, en caso de ser comprobado, se sancionará en dos formas: si el incremento patrimonial es inferior a 200 remuneraciones básicas unificadas del trabajador privado, será sancionado con pena de siete a nueve años y multa de 150 remuneraciones. Si el incremento es superior a 200 remuneraciones será sancionado con pena privativa de libertad de once a quince años y multa de 100 a 200 remuneraciones básicas.

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Robo
Cuando en el delito del robo se empleare amenaza o violencia contra la integridad física o vida de otra persona, será sancionado de tres a cinco años de presión.

Cuando el robo se produjere únicamente con fuerza en las cosas, será sancionado con la detención de uno a tres años.

Si la infracción se ejecuta utilizando sustancias estupefacientes y psicotrópicas, con el fin de someter a la víctima, será sancionado con prisión de cinco a siete años, señala la propuesta de Código Penal.