Debido al operativo militar que se efectuó el pasado 30 de septiembre (30-S) para sacar al presidente Rafael Correa del Hospital de la Policía, varios asambleístas de oposición planean llevar sus quejas al exterior y denunciar supuestas violaciones a los derechos humanos y tratados internacionales, como los Convenios de Ginebra, cometidos por el Estado el día de la revuelta policial.

César Montúfar (CN) señala que el primer paso, antes de llegar a los estamentos internacionales, lo darán la próxima semana con la presentación de una acción de protección. “El asalto militar a esa casa de salud, viola los artículos 18 y 19 del Título IV de la Convención de Ginebra, que prohíbe atacar un hospital”, explica.

El primer artículo citado dice textualmente: “En ninguna circunstancia, podrán ser objeto de ataques los hospitales civiles organizados para prestar asistencia a los heridos, a los enfermos, a los inválidos y a las parturientas”.

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Según Montúfar, esa disposición no se cumplió el 30-S, por lo que él y representantes de otros partidos como Andrés Páez (ID), Fausto Cobo (PSP), Leonardo Viteri (PSC), con el respaldo de 47 firmas de otros asambleístas pidieron el viernes que una comisión internacional investigue los hechos de ese día.

Este mismo grupo de asambleístas interpuso antes una acción de protección a la cadena de radio y televisión que el Gobierno ordenó transmitir a los medios audiovisuales privados tomando únicamente la señal de los medios públicos. Ese enlace duró seis horas y solo se pasó la versión del régimen.

En vista de que dicho recurso fue negado presentaron una apelación y ahora esperan un pronunciamiento antes de acudir primero a la Comisión Interamericana para los Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, y después a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en San José, Costa Rica, como segunda instancia internacional.

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En caso de que el recurso de amparo al ataque del hospital policial no prospere, como sucede hasta ahora con la cadena, los asambleístas llevarán su demanda ante la Corte Internacional Penal, con sede en Roma, que, según expertos en derecho internacional, tiene competencia para conocer casos sobre violación de los Convenios de Ginebra.

Para Carlos Estarellas Velásquez, especialista en Derecho Internacional Público, “no es necesario agotar –en el caso del ataque al hospital– las instancias de justicia local, porque ahí hay una violación flagrante del Derecho Internacional Humanitario y de las Convenciones de Ginebra.

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Para los reclamos que se pretendan presentar ante la CIDH, como el de la cadena del 30-S, sí se deben agotar las instancias internas, comenta.

Mauricio Gándara, experto en derecho internacional, opina que “la violación a los Convenios de Ginebra es clarísima porque ni en estado de guerra se puede bombardear un hospital, mucho menos debía pasar el 30 de septiembre”.

Recuerda que los tratados “son acuerdos para civilizar la guerra y proteger a civiles; hay regulaciones que se deben respetar como los Convenios de Ginebra de 1949 y los dos protocolos de la Cruz Roja del mismo año”.

Anota que dichos instrumentos legales, suscritos por Ecuador y reconocidos en su Constitución, no son una sugerencia, sino una “ley imperativa” que prima sobre las leyes locales y deben respetarse, de tal manera que “quienes ordenaron esa medida, ese asalto, violaron las convenciones”, asegura quien también fue ministro de Gobierno de Alfredo Palacio.

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Uno de los protocolos al que se refiere Gándara es para la protección de víctimas de conflictos no internacionales. La Cruz Roja Internacional, promotora de los Convenios de Ginebra y sus protocolos adyacentes, cita que “en este tipo de conflictos, se enfrentan las fuerzas armadas de un Gobierno y grupos armados organizados no estatales, o bien entre los miembros de estos grupos”.

El protocolo expresa que no se aplicará en caso de tensiones internas y de disturbios como los motines o actos esporádicos y aislados de violencia.

Hernán Salgado Pesántez, ex presidente de la CIDH, considera que hubo “una clara violación a los Convenios de Ginebra, por lo que debe existir una investigación y establecerse la responsabilidad y la gravedad del asunto”.

Dice que no hay una diferenciación explícita sobre conmoción interna y conflicto, pero “una protesta cualquiera no es una conmoción grave”, en cambio, “los hechos del 30-S se fueron agravando a medida que pasaban las horas, comenzó con una sublevación de policías y terminó en el hospital”.

En cuanto a una posible sanción por violar los Convenios de Ginebra, Estarellas menciona que podría venir de dos vertientes: “la moral, que es el sancionar a un Estado que ha violado normas fundamentales; o la económica, que sería que el Estado indemnice a los que estuvieron dentro del hospital”.

Gándara añade que en todos los casos de violaciones a los Derechos Humanos “el Estado es el que paga, y se reserva el derecho de repetir, es decir cobrarle a la persona que ordenó” cometer las infracciones.

En la transmisión del canal público Ecuador TV el mismo día de la revuelta, el Presidente declaró desde el interior del hospital policial: “El operativo de rescate por parte de fuerzas especiales está listo hace rato, no he querido dar la autorización para evitar pérdidas humanas”. Finalmente se dio esa noche y la cifra oficial es de cinco muertos. Dos días después recordó que dijo: “Yo salgo cuando ellos (policías) se retiren, cuando vengan las fuerzas especiales o venga el pueblo”.

Argumentos: ANÁLISIS JURÍDICO
Mauricio Gándara
ANALISTA
“El ataque a un hospital no se da ni en tiempos de guerra, menos aún en un hecho como el 30 de septiembre”.

Carlos Estarellas
ANALISTA
“Si se va a tomar una acción contra un hospital se debe avisar, cosa que no hubo el 30-S, de lo que yo conozca”.