Con la decisión de la Corte Provincial de Pichincha, de dar la razón a Teleamazonas y ordenar el pago de una indemnización por la suspensión de operaciones, se abrió la posibilidad de que el Estado ecuatoriano  responda también a una eventual demanda por daños y perjuicios que plantearía la defensa de la televisora.

La decisión es de última instancia.

El pasado 1 de enero, los jueces de la 1ª Sala de lo Penal de la Corte Provincial de Pichincha: Patricio Arízaga, Marco Maldonado y Jorge Cadena, aceptaron la demanda, que impugnaba la suspensión de operaciones del canal (21 de diciembre del 2009) y declararon vulnerados los derechos constitucionales al debido proceso.

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Así también, declaró vulnerados los derechos a la libertad de pensamiento e información, al principio de legalidad o reserva legal, al trabajo, a la presunción de inocencia.

Para reparar el daño material e inmaterial, la sala ordenó a la Superintendencia de Comunicaciones que  pague a la televisora los valores por las pérdidas que generaron la suspensión de operaciones por 72 horas, que dispuso esa entidad.

Por no existir una cuantificación de las pérdidas y por tanto un monto de reparación por las mismas, el abogado de Teleamazonas, Pablo Ortiz, afirmó que analizan si procede o no pedir una aclaración y ampliación, que determine el monto de compensación económica que recibirán por la reparación del daño ocasionado.

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Aunque con anticipación anunció la presentación de una demanda del canal por los daños y perjuicios que se ocasionó con la suspensión, ahora Ortiz sostiene que todavía no existe una decisión para presentar esa acción.

En su providencia, los jueces disponen también que la Superintendencia de Telecomunicaciones brinde las garantías necesarias a fin de que hechos como el que fueron objetivo de la presente acción no se repitan en el futuro.

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Una vez resuelta la apelación, el proceso terminará con la ejecución integral del fallo; es decir, el pago de la indemnización al canal.

La Superintendencia de Telecomunicaciones resolvió suspender las emisiones de la estación por 72 horas (tres días).

El organismo justificó la resolución al señalar que la televisora, propiedad del banquero Fidel Egas, transmitió en el noticiario ‘24 Horas’, emisión nocturna, el 22 de mayo del 2009, una noticia basada en supuestos respecto a que “la exploración de gas en la isla Puná (Guayas) preocupa a sus habitantes, ya que el 90% vive de la pesca, y se les había comunicado que ese trabajo quedará suspendido por alrededor de seis meses”.