QUITO.- El 'Congresillo' espera aprobar en esta semana, en segundo y definitivo debate, el proyecto de ley orgánica de la Función Legislativa, cuyo informe se presentó el viernes anterior.
Esta sería la primera ley en aprobarse, de las ocho que anunció el presidente del Legislativo, Fernando Cordero (PAIS). Las labores temporales del 'Congresillo' concluirán el 28 de julio próximo.
El proyecto de ley de la Función Legislativa replica la fórmula que usó la Asamblea Constituyente en Montecristi, para la instalación de la primera sesión. Es decir, la dirección de esa sesión estará a cargo de los asambleístas más votados, con la diferencia de que para la Asamblea Nacional serán los tres más votados, pero en votación consolidada (en plancha y uninominales).
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El informe ratifica la conformación del Consejo de Administración Legislativa (CAL), que lo integrarán el presidente, dos vicepresidentes y cuatro asambleístas.
El presidente y los dos vicepresidentes serán elegidos a través de postulación de candidaturas, y quien tenga 63 votos asegurados ganará el cargo.
Se trasladan algunas facultades del CAL al pleno como definir el archivo de leyes; se regula la formación de bloques parlamentarios que podrán constituirse por partidos o movimientos que cuenten con un número de trece miembros; y, se permite la agrupación de movimientos pequeños.
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Sobre el trámite de proyectos de ley, se determina que todos serán aprobados por la mayoría absoluta (63 votos), pero se amplían plazos para el trámite.
Así, recibido un proyecto, la comisión respectiva tendrá 45 días para elaborar el informe de primer debate y dentro de ese plazo se dedicarán quince días a la socialización y podrán introducirse observaciones. Se puede pedir una prórroga de máximo 20 días.
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En caso de un proyecto económico urgente, la comisión debe presentar el primer informe en un plazo de diez días, y para segundo debate, debe elaborarse en cuatro días.
La segunda discusión se desarrollará en una sola sesión y se podrá mocionar la aprobación del texto íntegro de la ley, o por títulos, capítulos, secciones o artículos.
El pleno podrá archivar un proyecto.
En materia de fiscalización, la ley determina que todos los asambleístas tienen facultades de fiscalizar, así como las comisiones especializadas. Todo asambleísta está habilitado para solicitar información de forma directa a los funcionarios sujetos a control político.
Comisiones
La Asamblea funcionará con doce comisiones especializadas, aunque la ley no establece el número de miembros. Habrá comisiones de lo Constitucional, Civil y Penal; de lo Laboral y Social; de lo Tributario, Fiscal y Bancario; de Desarrollo Económico; de Gestión Pública; de Relaciones Internacionales; del Ambiente y del Sector Agropecuario; de Salud y Soberanía Alimentaria; de Educación; de Gobiernos Autónomos y Descentralización; del Consumidor y de Derechos Colectivos, y la Comisión de Fiscalización.
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