Portar la cédula de identidad a diario no es una costumbre en Guayaquil pero de acuerdo al nuevo reglamento de la Ley de Tránsito los ciudadanos tendrán que usarla  seguido pues en base a esos datos se sancionará a los peatones que incumplan con esa ley.

El director ejecutivo de la CTG, Jaime Velázquez, dijo la semana anterior que “la persona que no porte su cédula está transitando ilegalmente en el país” lo que se contradice con el derecho que tienen los ecuatorianos de transitar libremente en territorio nacional, según la Constitución.

Carlos Morales, juez quinto provincial de tránsito, afirma que las personas están en la obligación de portar sus cédulas para ser identificados en caso de operativos policiales, pero eso no está registrado en ninguna ley.

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El constitucionalista Carlos Estarellas Merino afirma que en la Carta Magna no existe la obligatoriedad de portar la cédula. Añade que la obligatoriedad de portar documentos es una disposición que se usa en regímenes autoritarios.

Según Velázquez, el artículo 279 de la ley dispone que si los peatones no presentan documentos el agente de tránsito, lo acompañará para verificar su identidad y se excluyen de este proceso a menores de edad.

Sobre esto, Merino afirma que en Guayaquil la gente no acostumbra a llevar documentos porque se les pueden perder o se los han hurtado.

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Morales explica que los peatones pueden portar copias de estos; y precisa que el ser citado no quiere decir que sea culpable y que los peatones deben recordar que pueden impugnar las sanciones ante el juez de contravenciones, aunque este aún no se designa.