Lo que el bloque de PAIS denominó “cuarto poder” cambió de nombre a Función de Transparencia y Control Social.

Sus actividades serán coordinadas por una Comisión de Coordinación de la Función de Transparencia y Control Social conformada por el presidente del Consejo ya mencionado, el Defensor del Pueblo, el Contralor y los superintendentes.

El Consejo durará en funciones hasta que el Congreso apruebe una ley para aplicar los principios de participación ciudadana. El plazo concedido será de un año.

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Según la segunda disposición transitoria aprobada por la mesa, todos los funcionarios y empleados de la Comisión Anticorrupción y de la Secretaría Nacional Anticorrupción (adscrita a la Presidencia de la República), que no son de libre nombramiento y remoción, pasarán a formar parte del Consejo.

El Consejo tiene, entre otras, las funciones de promover la participación ciudadana, impulsar veedurías e investigar actos de corrupción con la posibilidad de emitir informes (que tienen que ser analizados de forma obligatoria) y actuar como parte procesal en las causas que se instauren.

El texto señala que “cuando exista enriquecimiento ilícito, previa decisión judicial, procede la confiscación de bienes”.

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Andrés Pavón (Prian) cuestiona ese artículo porque dice que es una herramienta de “persecución política”.