Igual que los fondos de reserva, los datos de cesantía estarán en internet.

Al igual que ocurre actualmente con los fondos de reserva, la información sobre los fondos de cesantía de cada afiliado al Seguro Social estará disponible en el sistema de internet en dos meses, informó el IESS.

Roberto Ávila, ex director del Departamento de Desarrollo Institucional (DDI), sostuvo que la falta de información sobre los fondos de cesantía obedece a que esos datos reposan en diversos computadores del sistema Host (antiguo).

La urgencia de tener una cuenta individual de cesantía ya había sido declarada de alta prioridad en el 2006 por Ávila.

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Pero Andrés Urbina, jefe del Departamento de Riesgos de Inversión del IESS, explicó que el Departamento de Historia Laboral está empeñado en terminar esta tarea.

Sin embargo, este funcionario cuenta que el permanente cambio de autoridades ha frenado el proceso.

Los fondos de cesantía, al igual que los de reserva, son las garantías que el afiliado puede utilizar para obtener el préstamo quirografario. Los de reserva son entregados cada año por el empleador y se puede conocer su monto al obtener una clave en el IESS e ingresando al sistema de internet.

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En cambio, los fondos de cesantía se alimentan del 14,6% de cada dólar que aporta el afiliado al Seguro Social.

Ávila, quien fue el promotor del ingreso de datos de fondos de reserva en internet, sostiene que la falta de información sobre los fondos de cesantía surge porque actualmente la información reposa en diversos computadores del sistema Host (programa antiguo).

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De hecho, explica que el siguiente paso que se debía tomar en la entidad era justamente la cuenta individual, en la cual deben constar los fondos de reserva, de cesantía y los aportes mensuales.

Ya en la Ley de Seguridad Social, aprobada en el 2001, se hablaba de la necesidad de crear dichas cuentas individuales; sin embargo, en la Ley Reformatoria a la Ley de Seguridad del 2005, se dan 90 días a la institución para crear la cuenta individual de los fondos de reserva, so pena de ser destituidas las autoridades del IESS.

Sobre la cuenta para cesantía, sin embargo, no se precisa un plazo. El jefe del Departamento de Riesgos de Inversión, Andrés Urbina, indica que en estos momentos no es prudente que los afiliados acudan a las agencias del IESS para averiguar caso por caso, pues en dos meses tendrán los datos disponibles en internet.

Señala que si un afiliado quisiera conocer hoy mismo el monto de sus fondos tendría que hacer un trámite burocrático a través de una solicitud a la institución.

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El afiliado que busque obtener sus fondos de cesantía debe acreditar mínimo 60 meses aportados (cinco años), no importa si no son continuos. Además, tiene que probar ante el IESS que ha estado sin trabajo (cesante) durante 90 días.

En ese sentido, una persona se considera cesante si ha sido despedida o ha dejado involuntariamente el trabajo. La firma de un acta de finiquito no se considera una terminación laboral involuntaria.

Cifras
RECURSOS

14,6%
De cada dólar. Los fondos de cesantía se alimentan con este aporte de cada afiliado.