Presidente pidió  a postulantes someter a consulta sus proyectos desde mayo del 2007.

El artículo 283 de la Carta Política señala que el Presidente de la República tiene la facultad de convocar a una consulta popular para analizar textos de reformas constitucionales, cuando el Congreso no haya conocido  dichas modificaciones en un plazo de 120 días (cuatro meses) contados desde el vencimiento del plazo de un año de su presentación.

Basado en esa disposición, el mandatario Alfredo Palacio sugirió a los precandidatos presidenciales tomar en cuenta los proyectos de reforma electoral que presentó el 2 de enero pasado. Si aceptan, podrían llamar a un plebiscito a partir del 3 de mayo del 2007.

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Ocho precandidatos presidenciales consultados coinciden en que, de convocar a una consulta popular, esta abordaría los temas que ellos consideren importantes, no las reformas presentadas por Palacio.

El secretario de la Administración Pública, Modesto Apolo, dijo que el Gobierno no descarta presentar un nuevo proyecto de reformas constitucionales y convocar a una consulta junto con las elecciones presidenciales de octubre.