Retiro de vehículos detenidos por no tener la matrícula
Se tramita en la Comisión de Tránsito del Guayas (CTG) y en los juzgados de Tránsito.
Cuando su vehículo es detenido y trasladado al canchón de la Comisión de Tránsito del Guayas por no tener la matrícula del año, el propietario debe tramitar su salida en los juzgados de Tránsito, pues el parte que elabora el vigilante pasa al juez de turno.
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Por intermedio de un abogado se presenta un petitorio, en donde se debe adjuntar la matrícula del año, que debe ser pagada en los bancos del sistema Banred; así como la cédula de identidad, con el fin de demostrar que es el legítimo dueño del automotor.
En la solicitud se pide al juez el desglose (que se deje copia certificada de los documentos en el expediente).
Posteriormente se solicita al juez la devolución del vehículo detenido, para lo cual él le impone la multa correspondiente. Esta contravención se sanciona conforme al Art. 110 del Reglamento de la Ley de Tránsito.
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Con la sentencia del juez debe acudir hasta el canchón de la CTG, ubicado frente a la terminal terrestre y presentar el papel de pago de la matrícula en el banco, para que le entreguen el vehículo.
En el canchón se paga además tres dólares diarios por la estadía del automotor.
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Teléfonos
Corte Superior de Justicia
232-1600, 232-2068
Ministerio Público
232-0260, 232-2731
Cuarto Distrito de Policía
224-5602, 224-5464,
223-9733, 264-0257,
236-9683
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Juzgados de turnos
Judicatura: Decimotercero de lo Penal
Juez: Ronald Guerrero
Horario: de 08h00 a 12h00
Dirección: Primer piso de la CSJ
Teléfono: 232-1600
Judicatura: Décimo cuarto de lo Penal.
Juez: Marco Torres.
Horario: De 14h00 a 18h00.
Dirección: Primer piso de la CSJ.
Teléfono: 232-1600.
Tránsito
Juzgado: Cuarto
Funcionario: Cecilia Loffredo.
Teléfono: 232-1600
Dirección: Mezanine de la CSJ.
La ley
Constitución Política, arts. 55 y 56
La seguridad social será deber del Estado y derecho irrenunciable de todos sus habitantes. Se prestará con la participación de los sectores público y privado, de conformidad con la ley.
La seguridad social se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad y eficiencia, para atender las necesidades individuales y colectivas.
















