La falta de entendimiento jurídico sobre las decisiones que ha tomado la Corte Constitucional con respecto a la consulta ambiental y la confusión con la consulta previa libre e informada. Sospechas de conflicto de intereses de la Presidencia en el campo minero La Plata. La intervención de indígenas en un proyecto en el que habitan grupos mestizos. Estos son los tres malentendidos que han desembocado en enfrentamientos en el sector de Palo Quemado y Las Pampas, poblados del cantón Sigchos (Cotopaxi), donde se ubica el proyecto minero La Plata.

El conflicto en Palo Quemado ahora mismo ha generado enfrentamientos violentos entre pobladores antimineros y fuerzas del orden, e incluso ha estado matizado por insultos del líder de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie), Leonidas Iza, en contra del presidente de la República, Daniel Noboa. El 2 de abril se realizará la audiencia sobre una acción de protección que pidió el alcalde de Sigchos para no continuar con la consulta ambiental. Adicionalmente la madrugada del miércoles hubo un atentado a las tuberías de agua de la zona, presuntamente ejecutado por grupos antimineros, que ha dejado sin agua a los pobladores. Este hecho fue condenado por el Ministerio de Gobierno.

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El conflicto recrudeció en este sector de la Sierra centro cuando el Ministerio del Ambiente decidió llevar adelante la consulta ambiental para poner en conocimiento de los pobladores el estudio de impacto ambiental para la explotación del proyecto minero La Plata, a manos de la empresa canadiense Atico. Lo hizo con base en el Decreto Ejecutivo 754 emitido por el gobierno de Guillermo Lasso.

Este decreto, del 31 de mayo del 2023, buscaba viabilizar la consulta ambiental y dentro de este proceso también permitir la emisión de licencias ambientales productivas. Sin embargo, esta norma fue demandada por la Conaie y en agosto del 2023, cuando el Ministerio del ramo se aprestaba a emitir al menos 176 licencias ambientales (de las cuales solo dos eran mineras), la Corte Constitucional declaró su inconstitucionalidad.

Sin embargo, el 17 de noviembre pasado, pocos días antes de que se terminara el mandato de Lasso, la misma Corte Constitucional reculó: se ratificó en la inconstitucionalidad del Decreto 754, pero dejó diferida su ejecución “hasta que la Asamblea Nacional emita una ley específica para aplicar la consulta ambiental”.

En la práctica esto revive el decreto y permite que se realicen los procesos de consulta ambiental hasta que la Asamblea emita una ley.

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El presidente de la Conaie, Leonidas Iza, ha calificado al presidente Noboa de “ignorante”, ya que asegura que no conoce la realidad del país y ha mencionado que seguramente “en Harvard no le han enseñado normas de convivencia”.

El dirigente indígena asegura que el Decreto 754 fue declarado inconstitucional: “La Corte Constitucional ya le dijo que no”, aseguró en unas declaraciones afuera de la Embajada de Canadá hace pocos días. Pero además reclama que supuestamente la consulta ambiental se estaba realizando con base en el Manual para la Operativización de la Consulta Previa, Libre e Informada, emitido por el Ministerio de Energía.

En realidad, Iza no está en lo correcto, explica Juan Francisco Guerrero, experto en derecho constitucional. Al momento existe mucha confusión entre lo que es la consulta ambiental y la consulta previa, libre e informada.

  • La consulta ambiental, que también se la conoce como de participación ciudadana, está dirigida a cualquier comunidad (sin importar su etnia) que pueda verse afectada por el otorgamiento de una autorización ambiental.
  • La consulta previa, en cambio, realiza la consulta sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables a pueblos y comunidades indígenas.
  • Ninguna de las dos es vinculante.

En todo caso, en Palo Quemado, dicen los expertos jurídicos y la Cámara de Minería, no corresponde hacer una consulta previa, libre e informada, sino más bien la consulta ambiental, debido a que en este sitio no existen comunidades indígenas, sino una población mestiza. La estructura de la población del sector afectado se habría establecido incluso en el estudio de impacto ambiental.

Más del 95 % de la población de la zona es mestiza

De acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), en el cantón Sigchos existe una población indígena del 42 %, en cambio, la mestiza llega al 56 %.

  • En la parroquia Palo Quemado la población mestiza es del 96,4 %.
  • En Las Pampas la población mestiza llega al 95,7 %.

Otro de los recelos de la dirigencia indígena es que sospechan que el propio presidente Daniel Noboa tendría algún interés en esta concesión, porque supuestamente el grupo Nobis, de propiedad de la tía del presidente, Isabel Noboa, tendría participación. En realidad, la empresa Atico, de origen canadiense, no tendría relación con el grupo Nobis. Más bien hay una relación con Adventus, empresa encargada de otra concesión. (I)