Los procesados en el caso Purga, el exasambleísta Pablo M. y su primo Fausto A., quienes guardan prisión preventiva en la cárcel de Latacunga, esperan que se les permita salir para defenderse en libertad de las acusaciones de haber participado del presunto delito de delincuencia organizada dentro de una supuesta estructura criminal que operó en la Función Judicial de Guayas. La resolución judicial que determinará si su situación cambia se conocerá en los próximos días.

La audiencia de revisión de medidas cautelares se inició alrededor de las 15:00 del jueves 21 de marzo y se suspendió al cabo de casi tres horas. La diligencia se realizó en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), a cargo del juez Javier de la Cadena.

El recurso de revisión también fue solicitado por otro de los imputados, el juez Reinaldo C., quien tiene arresto domiciliario en su casa de Guayaquil y usa grillete electrónico.

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En representación de la Fiscalía General del Estado actuó Wilson Toainga, fiscal general subrogante, y por la Procuraduría intervino María José Dalgo. Los funcionarios pidieron que se ratifiquen las medidas impuestas a los tres.

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Pablo M., Fausto A. y Reinaldo C. son parte de las doce personas procesadas en el caso Purga. Los demás son Fabiola G., expresidenta de la Corte de Justicia de Guayas, los jueces Johann M., Nelson P., Lino R., Henry T. y Guillermo V., el funcionario judicial Saúl M., Ruth S., exprocuradora judicial del Cuerpo de Ingenieros del Ejército, y Mónica A., esposa del exlegislador del PSC.

Según la teoría fiscal, el exlegislador del Partido Social Cristiano (PSC) Pablo M., acusado en calidad de autor, sería el “líder del grupo criminal” que negociaba y arreglaba resoluciones judiciales en la Corte de Justicia de Guayas para obtener beneficios económicos y materiales. Además se habría operado a través de un troll center en redes sociales, para perjudicar a los adversarios de la organización delictiva.

En cuanto a Fausto A., el Ministerio Público apuntó como supuesto testaferro de su primo y lo responsabilizó de haber obtenido un terreno en Durán de manera ilegítima, eliminando una ficha catastral y creando otra, a través de un habeas data, valiéndose de las conexiones judiciales de su pariente.

Del juez Reinaldo C., la Fiscalía sostiene que fue colaborador de la estructura criminal, por haber emitido una sentencia que habría favorecido a Pablo M. en una millonaria demanda de habeas data contra el Banco del Pacífico, a cambio de lo cual a los pocos días habría sido ascendido a juez de la Corte de Guayas. También se lo acusa de haber confabulado para beneficiar con una resolución a Adolfo Macías, alias Fito, líder de la banda Los Choneros.

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El caso Purga se inició por comunicaciones encontradas en un teléfono celular de Mayra S., procesada en el caso Metástasis, quien era asesora de comunicación de Fabiola G. y, según Fiscalía, también trabajaba para Pablo M.

Los argumentos de las defensas

En la audiencia de revisión de medidas, las defensas de los tres imputados negaron las acusaciones y solicitaron cambiar su actual situación por presentaciones periódicas ante autoridad competente y prohibición de salida del país. Pablo M. y Fausto A. también pidieron uso de grillete electrónico.

Diego Chimbo, abogado defensor del exlegislador del Partido Social Cristiano (PSC), expuso tres razones para justificar el cambio de medidas y desmentir los señalamientos de la Fiscalía. Primero, dijo que en el caso Banco del Pacífico no es cierto que Pablo M. presentó documentos de pago falsos, que existe una pericia legal que los valida.

Dijo que tampoco es cierto que por la sentencia el juez Reinaldo C. haya subido de cargo a los cuatro días del fallo. Señaló que el nombramiento del magistrado se dio dos años después, en 2023, por decisión del pleno del Consejo de la Judicatura.

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El segundo argumento fue que la Policía Nacional indujo a un error a la Fiscalía al inferir en su informe que alias Amigo es Pablo M., puesto que quien en realidad sería nombrado con ese seudónimo sería Daniel Salcedo, de acuerdo con una conversación entre Mayra S. y Fabiola G. Por último, Chimbo alegó que fue trasladado de la Cárcel 4 de Quito al Centro de Rehabilitación de Latacunga por decisión del director del SNAI, desatendiendo una orden del juez Javier de la Cadena.

La defensa de Fausto A. argumentó que la adquisición del terreno se hizo con un contrato de compraventa con la dueña del inmueble, lo cual fue notarizado. Que al acudir al Registro de la Propiedad de Daule se percata de que la escritura del terreno estaba a nombre de otra persona; por ello, con auspicio de un abogado, interpuso el recurso de habas data para corregir la información

En marzo de 2023 se dictó sentencia, en la cual se responsabilizó al Departamento de Avalúos y Catastro del GAD de Daule por los errores en los datos. Dicha sentencia fue apelada y está en trámite, los jueces que conforman el tribunal que conocen la apelación no están vinculados al caso Purga ni aparecen en los chats de Mayra S., afirmó el abogado de Fausto A. en la audiencia de revisión de medidas.

Adicionalmente, negó que Fausto A. sería testaferro de su primo y que tendría nueve propiedades a su nombre, a pesar de no contar con la capacidad ni perfil económico para aquello. El defensor afirmó que su cliente solo tiene dos propiedades, una de ellas es el terreno en conflicto en Daule, y las adquirió con los recursos que obtiene de su negocio de venta de sánduches.

Asimismo, el abogado dijo que su cliente padece varias enfermedades, como hipertensión arterial, y que en la cárcel de Latacunga no tiene garantías para su seguridad y atención médica.

De parte de Reinaldo C., su defensa, Julio Cevallos, manifestó que la Fiscalía confunde los hechos. Explicó que la sentencia sobre la demanda de habeas data contra el Banco del Pacífico fue emitida el 5 de noviembre de 2020, que esto es dos años antes de lo que refiere la Fiscalía. Además, que el nombramiento como juez de la Corte Provincial se dio en 2023, por resolución del pleno del Consejo de la Judicatura.

El momento que se dictó el fallo, en noviembre de 2020, Pablo M. no era legislador, Fabiola G. no era presidenta de la Corte Nacional de Guayas y Mayra S. tampoco era funcionaria de la Judicatura de Guayas. Por ello, dijo el abogado, no hubo acuerdo o conspiración para beneficiar al exparlamentario.

También argumentó que Pablo M. y su esposa apelaron la sentencia, lo cual fue negado. “Se demuestra que no hay un contubernio porque apela la sentencia”, dijo el abogado y señaló que su cliente ejecutorió la sentencia en 2021, porque el Banco del Pacífico no presentó una acción extraordinaria de protección.

Adicionalmente, mencionó que dentro de la causa se emitió un informe pericial, en el que se estableció como liquidación de los valores a pagar el monto de 10,9 millones de dólares. De ahí, el 5 de mayo de 2023 el juez Reinaldo C. determinó en la resolución de liquidación que el pago correspondía a 3,9 millones dólares.

Luego de la intervención de las defensas de los procesados, el fiscal Wilson Toainga desvirtuó los alegatos asegurando que no se han justificado los pedidos de cambio de medidas. Respecto de que alias Amigo no sería Pablo M., expresó que en otras conversaciones halladas en el teléfono de Mayra S. queda en evidencia el rol que desempeñó el exlegislador.

Una vez que las partes expusieron, el juez Javier de la Cadena suspendió la audiencia para deliberar sobre los argumentos presentados y tomar una decisión. No fijó de inmediato una fecha y hora para dar a conocer su resolución. Indicó que oportunamente se notificará con la convocatoria a la reinstalación de la audiencia. (I)