El incremento de $ 10 al salario básico unificado (SBU) que fue anunciado el viernes 15 de diciembre por la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, no solo se refleja en el incremento a de $ 450 a $ 460 de esa remuneración básica, sino que también representa una serie de cambios en otros cálculos de la economía nacional. Uno de estos es el que concierne a la compra de viviendas, cuyos valores topes se ajustan con esta alza.

Por ejemplo, ahora es posible acceder a créditos para vivienda de interés público (VIP), cuyo valor pasó de un tope de $ 103.050 a $ 105.340, y cuyo costo por metro cuadrado no debe superar los $ 1.145,40; por otro lado, las viviendas de interés social 3 (VIS) pasan de tener un tope de $ 80.100 a $ 81.880.

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Los créditos para las casas VIP permiten financiar hasta el 95 % del valor de la vivienda con una tasa de interés del 4,99 %, el comprador únicamente da el 5 % de entrada y puede pagar a un plazo entre 20 a 25 años.

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Según Joan Proaño, vicepresidente de Constructores Positivos, las condiciones para el comprador son no superar $ 2.916 de ingresos mensuales familiares o individuales y no poseer otra vivienda a su nombre, además de ser sujeto de crédito. Así como también el bien a adquirir debe ser nuevo por estrenar y estar calificado como VIP o VIS por el Ministerio de Vivienda (Miduvi).

El alza anunciada por la ministra del Trabajo fue realizada considerando “la inflación proyectada por el Ministerio de Economía y Finanzas del 2,07 % para el próximo año, mecanismo encaminado a la reducción de la pobreza, contribuyendo con ello a los esfuerzos contenidos en las políticas económicas y sociales del régimen actual, que buscan asegurar una efectiva redistribución de la riqueza, garantizando la satisfacción de las necesidades de todos los trabajadores y de sus familias”, indicó la ministra en un video difundido por su cartera de Estado.

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El ministerio tuvo que hacerse cargo de fijar el nuevo SBU, al aplicar el artículo 118 del Código del Trabajo, que establece que si el Consejo Nacional del Trabajo y Salarios no llega a una resolución por consenso para la fijación del sueldo básico “el ministro del Trabajo lo fijará en un porcentaje de incremento equivalente al índice de precios al consumidor proyectado, establecido por la entidad pública autorizada para el efecto”. (I)