El artículo 148 de la Constitución señala que “El Presidente o Presidenta de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, se hubiere arrogado funciones que no le competen constitucionalmente, previo el dictamen favorable de la Corte Constitucional, o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo o por grave crisis política y conmoción interna”. Guillermo Lasso se acogió a esa facultad constitucional y disolvió la Asamblea, acto que fue recibido con alivio por gran parte de la ciudadanía que, como señalan las cifras, no aprobaba la actuación del Legislativo.

Una de las consecuencias de este hecho es que se espera agilidad para convertir en acciones algunos de los planteamientos del Ejecutivo que se consideran indispensables para lograr cambios. Son tantos los campos en los que hay que trabajar, que corre por el país un aire de esperanza, pero debemos tener claro que la Constitución no le concede al presidente una varita mágica para solucionar los problemas. El mismo artículo 148 dice: “hasta la instalación de la Asamblea Nacional el Presidente o la Presidenta de la República podrá previo dictamen favorable de la Corte Constitucional expedir decretos leyes de urgencia económica, que podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo”.

Por supuesto, el presidente conservará todas las facultades que corresponden a su cargo. Tampoco debemos desanimarnos porque sus decretos leyes solo puedan ser de urgencia económica, ya que, en realidad, mucho de lo que hay que hacer en el país depende de que se tengan los recursos económicos necesarios. El crecimiento económico es indispensable porque crea fuentes de trabajo y genera ingresos que permitirán mejorar y aumentar la atención en las áreas sociales, como salud, educación, vivienda; equipar y preparar mejor a quienes luchan contra la delincuencia y el crimen organizado; aprovechar los adelantos de la ciencia y la tecnología para modernizar el país.

Se ha anunciado que el Gobierno enviará el próximo lunes a la Corte Constitucional dos decretos porque para que entren en vigencia se necesita la aprobación de ese organismo.

Debemos tener en cuenta también que cuando la Asamblea tenga sus nuevos miembros podrá aprobar o derogar los decretos leyes de urgencia económica. Esto obliga a los ciudadanos a pensar muy bien su voto para asambleístas, pues de nada serviría lo hecho si los elegidos son personas que por desconocimiento o poca formación ciudadana piensan en intereses personales, grupales o partidistas y no en el país y las mayorías marginadas que dicen representar.

El presidente tomó la decisión que permite al Ecuador buscar una salida. A los ciudadanos nos corresponde tomar la decisión de elegir bien a los futuros asambleístas para que esa salida redunde en beneficio del país y de todos sus habitantes.

Estamos frente a una oportunidad de rectificar. El Gobierno tendrá que hacer algunas reconsideraciones, pues como ha dicho el propio presidente, hubo errores. Los ciudadanos debemos reconocer que somos responsables de nuestro voto y que debemos convertirnos en sujetos activos de nuestra historia. (O)