El próximo 5 de febrero, el pueblo ecuatoriano está convocado a elecciones para elegir alcaldes, prefectos y viceprefectos, concejales urbanos y rurales, vocales de juntas parroquiales y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS). Además, una consulta popular que contiene 8 preguntas.

La pregunta 3 de la consulta popular propone: “Reducir el número de asambleístas a un máximo de 100. Actualmente son 137 y se espera que después del Censo de Población y Vivienda que concluirá este año, el número de legisladores se eleve a 152, pues el número depende del crecimiento poblacional de las provincias. Se busca una mayor gobernabilidad”.

El Perú tiene alrededor de 34 millones de habitantes y el Congreso Nacional es unicameral con 130 diputados; el Ecuador con alrededor de 18 millones de habitantes, una Asamblea Nacional unicameral con 137 asambleístas.

Consulta popular en Ecuador: Quienes están por el Sí dicen que se podrían ‘cambiar ciertas reglas’, los que se oponen creen que no resolverá los problemas

Un asambleísta en el Ecuador recibe un sueldo mensual de 4.759 dólares; además, los beneficios que le otorga la ley, como décimos; afiliación al Seguro Social y otros privilegios que no tienen el resto de ecuatorianos: viáticos (hospedaje y alimentación en los viajes), movilización (pasajes aéreos o terrestres), compensación mensual por vivienda, plan de internet de aproximadamente 100 dólares para cada asambleísta, dispositivo móvil y una tablet (para uso institucional).

Un asambleísta tiene el derecho de tener dos asesores y dos asistentes administrativos pagados por el Estado.

El Código Orgánico de la Función Legislativa, en el artículo 160, establece: “Las remuneraciones, movilización, viáticos y demás emolumentos de las y los asambleístas, asesores y demás personal de la Asamblea Nacional serán establecidas por el Consejo de Administración Legislativa. (…). Las y los asambleístas cuya residencia habitual se encuentre a más de sesenta kilómetros a la redonda del Distrito Metropolitano de Quito percibirán una compensación económica por alquiler de vivienda”.

Ocho Sí y un No

Tres opciones

Por compensación mensual por vivienda un asambleísta recibe 3 salarios básicos unificados, es decir 1.350 dólares, y los asambleístas que viven en el exterior reciben un incremento de al menos el 25 % de su sueldo original. El asambleísta que viaje a provincias en forma oficial recibirá viáticos entre 120 y 150 dólares por día. El presidente de la Asamblea no tiene límite de gastos, los que haga son reembolsados a la presentación de las facturas.

Un asambleísta tiene el derecho de tener dos asesores y dos asistentes administrativos pagados por el Estado. Los asesores de nivel 1 perciben mensualmente 3.014 dólares, los de nivel 2 cobran 2.545 dólares y los asistentes administrativos reciben un sueldo de 1.394 dólares.

Además de los asesores para cada asambleísta, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) fija la organización y establece el personal asesor y administrativos de las vicepresidencias, de las vocalías del mismo CAL y de las comisiones especializadas. Como si eso fuera poco, cada bancada puede contratar 2 asesores.

De aprobarse esta pregunta, se tendría máximo 100 asambleístas. Se calcula que el costo de mantener un asambleísta es de $ 15.000 mensuales, multiplicado por 52 (137 más 15, total 152 según el Censo), el Estado ahorraría 780.000 dólares mensuales. (O)