En otros países, la hora de trabajo es la remuneración más baja que debe percibir una persona en las labores que se suponen más básicas y no requieren conocimientos.

En nuestro país, el SBU (salario básico unificado) del trabajador es una medida de valor utilizada, incluso, para establecer ciertos tributos, tasas y sanciones; por ejemplo, se miden por SBU las tasas notariales (por resolución del Consejo de la Judicatura), las sanciones de tránsito (por el Código Orgánico Integral Penal). Al elevarse el SBU sin tomar en cuenta que sube el valor de servicios o de multas, sube el resto de precios. Nuevamente, la buena intención del Gobierno por su ánimo de contentar a ciertas mafias sindicales que no hacen nada por los trabajadores se va al traste con una subida que deviene en una mayor inflación. Sube el SBU en un 5 o 6 % y sube todo en esa proporción. Si buscamos que hay un supuesto beneficio para los trabajadores que perciben ese mínimo, es de recordarse que vivimos en una economía informal donde los derechos laborales y las revisiones tributarias solo existen en la economía formal, que es minoría, y el aumento del SBU —contradictoriamente— somete más a la pobreza a los más de 10 millones de ecuatorianos que viven en este apagón económico perpetuo, agradeciendo las migajas del patrono informal y a la vez blasfemando del patrono formal que paga los beneficios sometiéndose a las leyes.

¿Una propuesta? Que el ministerio correspondiente, los municipios, el IESS y el SRI controlen más el sector informal con respecto a los derechos de los trabajadores, y que las tasas y multas establecidas en las normas tengan un valor fijo. (O)

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Roberto Francisco Castro Vizueta, abogado, Guayaquil