La situación económica mundial está decreciendo, igual en el Ecuador que tiene desempleo. Plomeros, carpinteros, etc., esperan en las calles con las herramientas para que alguien les pida servicio, los lleve a casas, negocios, a ganarse el sustento diario. Padres desempleados se van del país con el objeto de buscar trabajo, por sus familias.

El Estado tiene que dar trabajo en obras públicas o recomendar a empresas privadas ayudándolas con rebajarles los pagos de impuestos. No deberían ordenar medidas coercitivas al padre desempleado por no dar dinero para los alimentos de hijos, porque si está detenido no podrá obtener trabajo, ni un centavo. Padres invocan los derechos humanos consagrados en la Constitución, para que jueces de la niñez convoquen de oficio audiencias (según artículo 130 del Código de la Función Judicial coherente con el artículo 190 de la Constitución), para llegar a acuerdos que permitan a dichos hombres tener trabajo, y las mujeres acepten dejar en suspenso la orden de apremio personal dictada en juicio, por el plazo de uno o dos años; dando posibilidad a los padres de sus hijos, pagar las pensiones alimenticias a los niños. (O)

Jorge Ignacio Arámbulo Benavides, abogado, Guayaquil