Con la vigencia de la Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos se debería poner fin a tanto enredo de la gestión de la administración pública, sobre todo, pero al parecer no obstante su total vigencia y de obligatorio cumplimiento para quienes manejan la burocracia ecuatoriana, se ignora su existencia y se observa la costumbre de manejar a la criolla los trámites que realizan los usuarios y no hay autoridad a quién acudir en busca de una solución a la oposición administrativa: el mal humor, trato déspota, mucho servidor público se niega a recibir y ante la insistencia del usuario, llama inmediatamente al guardia de seguridad agregando la trillada frase “que pase el siguiente”, dejando con el desaire y rechazo a un derecho que la ley otorga al usuario.

La citada ley en el artículo 23 señala que está prohibido hacer este rechazo al usuario y el numeral 3 ratifica que “en ningún caso se podrá rechazar el ingreso, recepción o registro de solicitudes”. Por ello, es urgente que autoridades de control implementen que la ley señale que luego de la expedición del Reglamento a la Ley se deba presentar al ente rector la simplificación del trámite. (O)

Gualberto Arturo Rodríguez Basurto, Guayaquil