Durante mis 12 años en el ejercicio de mi profesión de abogada he asistido a innumerables audiencias en donde me he encontrado con ciertos jueces muy racionales y otros extremadamente emocionales. Esta dualidad de posturas que se ve a diario en los operadores de justicia hace que los justiciables acudamos a las audiencias, esperando que el juez haya tenido un buen día y que se encuentre de buen humor, porque así resolverá mejor la causa; así como desear que además tenga criterio jurídico para aplicar el derecho y la técnica jurídica para que pueda dirigir la audiencia de la forma que lo exige la norma procesal.

Además, me he encontrado con algunos jueces que en las audiencias emiten opiniones, llaman la atención a los sujetos procesales desde su óptica subjetiva, aun cuando el bagaje probatorio es contrario a lo que piensan; esto provoca intimidación, crea en los justiciables la idea de que el juez que los va a juzgar ya los juzgó sin ni siquiera haber iniciado el proceso.

La seguridad jurídica no solo recae en la obligación del Estado en crear, modificar o derogar leyes que sean de conocimiento de todos. La seguridad jurídica es, además, tener la garantía de que los jueces van a aplicar las leyes de manera imparcial y libre de prejuicios, y a esto le agregaría que la seguridad jurídica también debe entenderse como la obligación que tiene el Consejo de la Judicatura de seleccionar jueces que además de tener inteligencia en el derecho, tengan inteligencia emocional, la cual llevará a que emitan resoluciones y no comentarios personales cargados de estereotipos y prejuicios. Debemos interiorizar que la justicia no consiste en la mera existencia y en la aplicación de las leyes. La justicia sugiere, además, ser tratados con dignidad y respeto, por parte de quienes han sido designados para tutelar los derechos. (O)

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Nadia Wendoline Villón Rodríguez, magíster en Derecho, Guayaquil