Con la mejor disposición respondí inmediatamente a su requerimiento de una entrevista, en la que abordé, en forma amplia y documentada, el análisis de las resoluciones de la Contraloría General del Estado en relación con contrataciones de la empresa China CAMC. Esta entrevista no ha sido publicada, sin embargo, en la edición del día 29 de septiembre de 2022 el artículo titulado ‘La mitad de la supuesta coima de China CAMC ya está en manos de la Fiscalía’, apenas recoge una fotografía mía y unas pocas referencias a mis declaraciones, insertas en un texto que desconfigura su contenido.

De lo por mí dicho se recoge: “Pablo Celi afirma que el desvanecimiento que él firmó cumplió con todas las formalidades legales y que no recibió ningún provecho económico de ello”; añadiendo en el párrafo siguiente: “Sin embargo, un tío político de Esteban Celi, Pedro Saona Roca, los contradice”; el destacado en negrita es mío, para que se advierta con claridad que el plural usado confunde e induce a dudas sobre mis afirmaciones sin que tenga que ver conmigo. En forma directa expliqué que soy ajeno a las actividades de Legalcont y Pedro Saona, y que con Esteban Celi no comparto relaciones comerciales, profesionales ni empresariales de ningún tipo, no es mi apoderado o representante y no tengo con él propiedades ni cuentas en común.

En otro lugar del artículo se dice: “Pablo Celi afirmó, en entrevista con EL UNIVERSO, que el desvanecimiento que firmó a favor de China CAMC no fue revisado solo por él, sino por varios funcionarios de la Contraloría siguiendo el debido proceso”. En la entrevista expliqué, en forma detallada y precisa, los fundamentos legales y técnicos considerados por los distintos departamentos de la Contraloría para la elaboración de las Resoluciones de desvanecimiento; y hablé de las inconsistencias de la acusación de Fiscalía puesto que una resolución adoptada en ejercicio de las competencias propias de la Contraloría no es un delito y que su impugnación, si existiese, corresponde al ámbito contencioso administrativo y no penal, como manda la ley.

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En relación a que Pablo Celi: “Reiteró que no existe ninguna relación entre los pagos de China CAMC a terceros, de los que él desconocía, y las resoluciones de la Contraloría... También resaltó que su nombre no aparece como beneficiario en ninguna transacción bancaria dentro del proceso y que Saona declaró ante la Fiscalía que no lo conoce”. En la entrevista dejé en claro que no existe ninguna relación causal ni prueba alguna que vincule las resoluciones de la Contraloría, adoptadas legalmente, con operaciones ilícitas, de las que no podía tener ningún conocimiento; que nunca he tenido ninguna relación con las empresas: Legalcont, Piamonte, Ranvill Investment y Forban Holding, cuya existencia ni siquiera conocía; que mis ingresos han sido transparentados por la UAFE y el SRI y que no tengo cuentas ni propiedades en el exterior.

En relación a que Pablo Celi: “Criticó que la Fiscalía haya usado una asistencia penal de Estados Unidos solicitada dentro de otro proceso para abrir esta causa, pues sostiene que esto no es lo correcto”. Señalé, con detalle, que la Asistencia Penal Internacional fue solicitada por la Fiscalía General del Estado de Ecuador a los Estados Unidos, dentro de una investigación previa por lavado de activos en contra de Raúl de la Torre y Roberto Barrera; y estaba relacionada con el proceso penal en su contra, en ese país; y que en las sentencias, testimonios y pruebas en estos procesos no se menciona a la Contraloría ni a Pablo Celi, sobre quien no existe ninguna acusación en los Estados Unidos.

En la entrevista, también me refería a la acción de protección que mantengo interpuesta en contra de la fiscal Lady Diana Salazar por la distribución de información falsa a través del Twitter de la Fiscalía General del Estado, mediante lo cual se induce a los errores de información que se reproducen en medios de comunicación, afectando los derechos constitucionales de la ciudadanía a recibir información veraz y de las personas, como en mi caso, a la honra y presunción de inocencia. (O)

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Pablo Celi de la Torre, doctor, Quito


Nota de la Redacción:

Los argumentos que el doctor Pablo Celi de la Torre expone en su carta, sí fueron recogidos en el reportaje. (I)