La libertad de expresión es uno de los derechos más preciados en los Estados democráticos, se espera por ello que la legislación favorezca su ejercicio.

En Nicaragua, la Asamblea Nacional aprobó el pasado martes la Ley Especial de Ciberdelitos, con el argumento de prevenir, investigar, perseguir y sancionar los delitos cometidos a través de las tecnologías de la información y comunicación.

Se tipifican 30 delitos cibernéticos, como el hackeo, el robo de identidad o el espionaje informático, se establecen penas de 1 a 10 años de cárcel y sanciones económicas de hasta 800 días laborables.

A quien difunda noticias que sean consideradas falsas, que produzcan “temor, zozobra o alarma en la población”, perjudiquen el honor, prestigio y dignidad de otras personas y pongan en peligro el orden público o la “seguridad soberana” se le impondrá una pena de entre dos y cinco años de cárcel. Esta facultad preocupa a la prensa independiente de Nicaragua, porque la asume como una herramienta que será empleada de manera coercitiva por el régimen, que es contrario a la libertad de prensa y expresión.

Los ecuatorianos sabemos los alcances de una ley de este tipo. A dos años de vigencia de la Ley de Comunicación –aprobada en Ecuador el 2013–, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) pidió a la comunidad internacional y a la Asamblea de la OEA advertir “el flagrante atropello del gobierno de Rafael Correa contra el derecho del público a estar informado, contra el trabajo libre de los periodistas y contra los medios independientes”. Citó estadísticas para referir que la ley se aplicaba en forma discriminatoria y como escudo de funcionarios: de 270 procesos entre 2013 y febrero de 2015, 231 fueron contra medios privados y 142 de ellos fueron por quejas de autoridades y funcionarios.

En Nicaragua, el jefe de la bancada opositora, dijo que la ley “es para reprimir a quienes consideren que el Gobierno está yendo por el camino equivocado”.

Una ley que preste para coartar libertades merece un rechazo enérgico. (O)