En el caso de Paola Guzmán Albarracín, una adolescente de 16 años que se suicidó en 2002 tras un año de abusos infligidos por el vicerrector del colegio donde estudiaba, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) encontró al Estado ecuatoriano responsable por la violencia sexual sufrida por la adolescente en el ámbito educativo estatal y le ordenó implementar medidas de reparación.

Ecuador deberá identificar deficiencias en la información estadística sobre situaciones de violencia sexual contra niños o niñas en el ámbito educativo, implementar capacitación del personal educativo en abordaje y prevención de situaciones de violencia sexual, y proveer asistencia, orientación y atención a víctimas de violencia sexual en el ámbito educativo.

El Ministerio de Educación, desde el 2014 hasta el 27 de junio de 2018, recibió 4111 denuncias de violencia sexual, de las cuales 1837 se cometieron dentro del entorno escolar y 2274 ocurrieron fuera de él. Muy pocos casos se investigan y culminan con sanción. Con este fallo, el tribunal regional –que por primera vez decide sobre un caso de violencia sexual contra niñas y adolescentes en el ámbito educativo– crea estándares para su protección en toda la región y determina que el derecho a la educación debe contemplar la educación sexual y reproductiva.

En el caso de Paola, el Estado también falló respecto a la administración de justicia. El Centro de Derechos Reproductivos y Cepam-Guayaquil lo llevaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2006, que encontró mérito para iniciar un litigio contra el Estado ecuatoriano por violación de derechos humanos. En 2019 pasó a la Corte IDH, que el pasado viernes emitió el fallo.

Tanto el Gobierno actual como el que lo releve en el 2021 deberán esforzarse por erradicar del sistema educativo los estereotipos respecto al género y el encubrimiento que suele darse en el personal docente, lo que perpetúa la práctica de abusos contra los menores a los que están llamados a proteger.