La reforma al Código de la Democracia que atañe al Fondo de Promoción Electoral busca optimizar la inversión que se destina a la difusión de candidaturas en época de campaña. El art. 223 señala que las organizaciones políticas o candidatos que hayan recibido financiamiento del Estado a través del Fondo de Promoción Electoral deberán reintegrar el 50 % de los valores luego de la segunda elección cuando el candidato no obtenga al menos un 4 % de los votos válidos en la respectiva dignidad, binomio o lista, según corresponda.

En el 2019, para la elección de dignidades seccionales, el Fondo de Promoción Electoral destinó $36 313 880 para la pauta en radio, prensa escrita, televisión y vallas publicitarias. Por ejemplo, para la Alcaldía de Guayaquil se postularon 17 candidatos; el primer lugar obtuvo 52,60 % de los votos, el segundo lugar alcanzó 31,80 %, del tercero al sexto puesto obtuvieron entre 2,95 % y 1,87 % de la votación; por los otros 11 participantes no votaron ni el 1 % de los electores respectivamente.

Con la reforma se busca que las organizaciones políticas elijan bien a sus cuadros. Esperamos que no se caiga en la tentación de candidatizar solo a famosillos, sino que se busquen candidatos preparados y probos. (O)