Con ocasión de las próximas elecciones para la designación de autoridades seccionales y representantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, hemos escuchado como principal punto de coincidencia que todos lucharán por combatir la corrupción y devolver al país los dineros robados o mal habidos.

Quienes tenemos un poco de objetividad y sensatez sabemos que la corrupción se ha convertido en un mal endémico en el Ecuador y que los resultados conocidos oficialmente –como las estadísticas en salud pública para medir los índices de una epidemia– representan apenas el 10% del verdadero daño o perjuicio a los recursos del Estado.

Además, que los pocos bienes recuperados, lejos de ser insuficientes, se han convertido en una carga onerosa para el pueblo, pero en un lucrativo negocio para determinados “servidores públicos”, como fueron hasta hace poco tiempo los gerentes y directores de las empresas incautadas –hoy empresas quebradas–, quienes siguen protegidos por una orla de impunidad y complacencia por parte de las autoridades de control y los inquisidores del poder Judicial, ahora maquillados y con el rostro bruñido para ocultar el acné de la revolución ciudadana.

De acuerdo con los índices de percepción que reflejan las encuestas a nivel nacional, el “poder” Judicial es una de las funciones del Estado menos favorecidas por el pueblo con la confianza, respeto, honradez e independencia en sus actuaciones. El ciudadano común, sea en calidad de víctima o de infractor, regularmente es sometido a una serie de atropellos “en nombre de la ley y el derecho” que terminan en una verdadera pesadilla kafkiana. Por ello, la legislación debe volcarse –en la medida de lo posible– hacia la solución amigable y directa entre las partes, sin la participación ad referéndum del poder Judicial. Así, por ejemplo, en materia de tránsito, cuyos delitos son por naturaleza “culposos”, es decir, sin ánimo de causar daño, debe promoverse la reparación integral entre el infractor y la víctima o sus familiares, aún en caso de muerte accidental, para evitar que a pretexto de precautelar el orden público se utilice esa herramienta como un mecanismo de extorsión y venta de resoluciones tasadas. Para lograr un efecto inmediato bastaría hacer unas pocas reformas al Código Orgánico Integral Penal, y replicar el concepto en otras leyes como el Código Orgánico de la Niñez y el Código del Trabajo, inclusive.

Ojalá que alguno de los ochenta mil candidatos para las elecciones de marzo próximo nos presenten propuestas sencillas, concretas y eficaces para combatir este mal endémico que se llama corrupción. (O)

David Castro Alarcón,

abogado. Guayaquil