La Constitución del 2008 estableció la creación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) como una entidad autónoma, que forma parte de la Función de Transparencia y Control Social, con el objetivo de promover la participación ciudadana, el control social de lo público, la lucha contra la corrupción y la promoción de la transparencia, y designar u organizar procesos de elección de las autoridades que le corresponda de acuerdo con la Constitución y la Ley. En el anterior régimen, el también denominado “quinto poder” fue utilizado para lo contrario.

En la consulta popular y referéndum del 4 de febrero de 2018, la pregunta 3 –aprobada con el 63% de los votos– dio paso al Consejo en transición con potestad para evaluar a las autoridades cuya designación le corresponde, y reemplazarlas de ser el caso. Lo actuado por este Consejo es lo que pretende blindar su presidente, Julio César Trujillo, mediante otra consulta; sugiere que el CPCCS deje de existir, pues cree que este no debería designar autoridades del sector público, y pide que los más notables constitucionalistas del país sugieran las reformas que podrían incluirse en la posible consulta.

La ciudadana también deberá debatir esta propuesta y pronunciarse al respecto. (O)