El pedido de rectificación, de opinión, planteado, es improcedente y encubre una réplica. Solamente la difusión de información inexacta (nunca la opinión) da lugar a rectificación. No es verdad que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (OC-7/86 del 29 de agosto de 1986) confiera basamento a un “Derecho de rectificación de opiniones”. Tal afirmación del replicante no consta en la citada Opinión Consultiva.

Por el contrario, dicha Corte (caso Kimel versus Argentina), aclaró: “Las opiniones vertidas por el señor Kimel no pueden ser consideradas verdaderas ni falsas. Como tal, la opinión no puede ser objeto de sanción, más aún cuando se trata de un juicio de valor... En principio la verdad o falsedad se predica solo respecto a hechos. De allí que no puede ser sometida a requisitos de veracidad la prueba respecto de juicios de valor”.

No obstante, mi opinión está relacionada al noticiario BBC Mundo titulado: La justicia británica confirma la orden de arresto en contra de Julian Assange, el fundador de WikiLeaks que lleva 2.059 días refugiado en la embajada de Ecuador en Londres   y en la que se indica "la jueza Emma Arbuthnot explicó que el incumplimiento de los términos de la libertad condicional era un delito en sí mismo según la legislación británica. El Sr. Assange salió libre bajo fianza y no se entregó…, así que  si no hay una causa razonable incurrió en un delito”.

Respecto a la anulación de la carta de naturalización del señor Assange, yo mencioné que se debían observar las previsiones del artículo 81 de la Ley de Movilidad Humana.(O)

Dr. Jorge G. Alvear Macías,
Especialista en Sistemas Jurídicos de Protección de Derechos Humanos, Guayaquil