El Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) existe para proteger los derechos fundamentales de las personas. Y aunque es tarea primordial de los estados, la historia nos demuestra que precisamente son estos los principales agresores de derechos humanos de sus ciudadanos.

Por esa razón, los tratados sobre derechos humanos buscan desarrollar una normativa, y como consecuencia de su aplicación, jurisprudencia que la complementa y enriquece, encaminadas en ese sentido.

Cuando el Estado suscribe un tratado sobre derechos humanos, acepta respetarlo y armonizar su legislación interna a los postulados de este, así como acatar las decisiones de las instituciones de protección contempladas en el mismo.

Hago esta sencilla y breve introducción para remarcar la importancia de la Convención Americana de Derechos Humanos y de sus instituciones de protección: la Comisión IDH y la CorteIDH.

Y lo hago a propósito de la reciente petición de medidas cautelares presentada ante la CIDH por tres miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), con la finalidad de suspender la consulta popular desarrollada el pasado 4 de febrero.

La incomprensible decisión de la CIDH de solicitar a la Corte Interamericana medidas provisionales contra el Estado ecuatoriano, encaminadas a impedir que los peticionarios sean removidos de sus cargos, le ha hecho mucho daño a la imagen de la Comisión y a su tradición de defensa de los derechos humanos, pues además de evidenciar lo que sería una grotesca e inédita intromisión política, deja en muy mal predicamento su respeto a la normativa y a los estándares existentes en materia de derechos humanos.

Digo esto porque la decisión de la CIDH contradice no solo la normativa interamericana, sino además los precedentes de la misma Comisión, así como estándares universales de debido proceso, pues, entre muchos detalles jurídicos que por espacio no podemos comentar, nos ha llamado la atención que haya solicitado a la Corte una medida provisional diferente a la solicitada por los peticionarios.

Me refiero a que los peticionarios solicitaron a la CIDH suspender la consulta popular, y esta no solo que no se pronunció oportunamente, sino que, una vez realizada la consulta popular, solicitó a la Corte impedir que los miembros del CPCCS sean removidos de sus cargos, como consecuencia de la consulta.

Afortunadamente la Corte Interamericana, fiel a su prestigiosa tradición de apego a la normativa jurídica para la defensa de los derechos humanos, rechazó tal pretensión.

Ojalá esta malhadada situación genere los correctivos necesarios dentro de la institución para evitar que en el futuro lleguen a ella personas desconectadas con su filosofía, capaces de dejar en tal mal predicamento a la Comisión.

Necesitamos una CIDH fuerte y todos los gobiernos democráticos de la región deben luchar por ello.

Finalmente, desde esta columna quiero felicitar a la Cancillería y a la Procuraduría por la defensa coordinada y profesional del Estado en este trascendental caso, así como a la sociedad civil y a todos quienes, en el Ecuador y en muchos rincones del continente, empujaron dentro de sus capacidades, para defender nuestro derecho a recuperar la democracia arrebatada por el correísmo.

El Ecuador unido en defensa de su derecho a progresar. Otro estrepitoso fracaso de quien hizo todo lo contrario durante una década. (O)