En el año 2004, una prestigiosa universidad ecuatoriana nombró a una de sus publicaciones con el título La relevancia del derecho. Esa obra fue una compilación de artículos de profesores de la carrera de ciencias jurídicas, uno de los cuales también filósofo, aportó con un texto al que denominó La irrelevancia del derecho. Cuando me lo entregó, bromeó conmigo diciéndome que lo sentía pero que ese era su enfoque sobre la importancia del derecho en nuestro país. Celebré festivo esa aparente contradicción de mis criterios personales con los del emérito profesor, pues en realidad mi opinión sobre la práctica del derecho en Ecuador coincidía y coincide con la del académico cuencano.

Él escribió sobre el tradicional irrespeto al derecho por parte de ciudadanos, instituciones privadas y públicas, representadas por individuos que tienen grandes dificultades para acomodar su actuar al sistema jurídico que regula la convivencia social, violentándolo permanentemente y acomodándolo para que responda a sus intereses. Esta situación, podría ser también la de otras sociedades, y de hecho lo es, pero en niveles diferentes. Los pueblos con mayor tradición jurídica respetan más su institucionalidad legal, y ese es uno de los elementos que permiten explicar su nivel de desarrollo social que se materializa en mejores condiciones de vida para todos sus habitantes. Por el contrario, las sociedades que violentan sistemáticamente su régimen jurídico para acomodarlo a los intereses del poder vigente son las que menos cuidan de sus ciudadanos, muchos de los cuales viven situaciones de pobreza, inequidad y exclusión, precisamente porque no se respeta lo jurídico, pese a las grandilocuentes afirmaciones en contrario, en una clara muestra de la irrelevancia del derecho en la práctica, según la acertada y pesimista expresión que comentamos.

Quizá, esta situación se da porque el análisis de la naturaleza de lo jurídico, que comprende además de la norma, también al hecho social y a los valores, no es motivo del más mínimo interés en la mayoría de las carreras de derecho, que elaboran sus diseños curriculares desde livianísimas consideraciones que en ningún caso conforman un discurso doctrinal académico sobre el derecho. Pero, en cambio, sí cuentan con la solidez aplastante de mallas curriculares que dedican la mayor parte de su carga horaria al estudio-repetición de leyes. No existe un discurso elaborado sobre la naturaleza del derecho que fundamente la educación jurídica; y, sí un sistema de enseñanza que prioriza abrumadoramente el conocimiento de leyes. Es posible que existan académicos que opinen que el legalismo no es el camino; sin embargo, la educación en sus centros universitarios está centrada en ese enfoque… “por sus obras los conoceréis”.

La cruda y lastimera realidad que representa la irrelevancia del derecho, tan evidente en la vida pasada y en la presente del Ecuador, podría empezar a cambiar cuando los conceptos de justicia, bien común y otros relacionados con valores dejen de ser abordados superficialmente en las aulas universitarias y se fortalezca su estudio, otorgando en el diseño curricular mayor carga horaria e importancia a materias como Sociología Jurídica, Historia del Derecho, Antropología Jurídica; y, por supuesto, Deontología del Derecho, Estimativa Jurídica y Filosofía del Derecho. (O)