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Padre que violó a su hija recibió 22 años de cárcel y $ 340.000 de multa; el hecho se dio en el norte de Pichincha

La madre se enteró de las agresiones sexuales cuatro años después y denunció ante las autoridades.

Imagen de ilustración. El padre violó a su hija durante cuatro años. Cuando la niña confesó a su madre y se puso la respectiva denuncia, el hecho se registró en Pedro Vicente Maldonado, en el norte de Pichincha. Foto: Getty Images

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Actualizado el 

La madre ingresó a su casa y descubrió a su hija de 11 años viendo videos pornográficos. “Al preguntarle por qué lo hacía, ella respondió que esos actos le hacía su padre”. Este relato presentó el fiscal Jacinto Tibanlombo en la audiencia de juzgamiento que permitió la sentencia de 22 años de prisión como autor directo de violación al progenitor de la niña.

El hombre, de 32 años, vivía con su familia en Pedro Vicente Maldonado. El Tribunal de Garantías Penales de Pichincha también determinó que deberá pagar 800 salarios básicos unificados (SBU), es decir, $ 340.000. Además, a esto se suman $ 2.000 de reparación integral a la víctima.

Según Fiscalía General del Estado (FGE), la madre llevó a su hija a un médico para su revisión, luego de que le dijo que recibió estas agresiones sexuales desde que tenía 7 años, y después presentó la denuncia, el 24 de julio de 2021.

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Además, FGE informó que el fiscal del caso presentó pruebas periciales, documentales y testimoniales que demostraron la materialidad del delito y su responsabilidad. Entre los testimonios se incluye el de la víctima, la perito médico legal, la psicóloga, trabajadora social y la madre. También, el informe psicológico, de entorno social y reconocimiento del lugar de los hechos.

Datos legales

En este caso se sentenció por el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), inciso primero, numeral 3; e inciso segundo, numeral 5, que establecen lo siguiente:

Art. 171.- Violación. - Es violación el acceso carnal, con introducción total o parcial del miembro viril, por vía oral, anal o vaginal; o la introducción, por vía vaginal o anal, de objetos, dedos u órganos distintos al miembro viril, a una persona de cualquier sexo. Quien la comete, será sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años…

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3. Cuando la víctima sea menor de catorce años.

Se sancionará con el máximo de la pena prevista en el primer inciso, cuando:

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5. La víctima se encuentre bajo el cuidado de la o el agresor por cualquier motivo, siempre y cuando no constituya violación incestuosa. (I)

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