NOTICIAS

Publicidad

Hombre que violó y asesinó a octogenaria fue sentenciado a 34 años y 6 meses de prisión

El hecho se registró el 15 de mayo del año anterior en el límite de las parroquias San Andrés y Urbina, cantón Píllaro, provincia de Tungurahua.

AMBATO. Juan Pastor B. T. fue sentenciado a 34 años y medio de prisión como autor de la violación y muerte de mujer de 82 años que se registró el 15 de mayo del año anterior. Foto: Wilson Pinto

Publicidad

A 34 años y seis meses de pena privativa de libertad fue sentenciado Juan Pastor B. T. como autor directo de la violación y muerte de una mujer de 83 años, hecho que se registró el 15 de mayo del año anterior en el límite de las parroquias San Andrés y Urbina, cantón Píllaro, provincia de Tungurahua.

El cuerpo sin vida de la adulta mayor fue encontrado por un morador del sector Patzocul cuando ese día se aprestaba a ordeñar a sus vacas. El sujeto dio aviso a las autoridades para que las unidades policiales inicien las investigaciones del hecho que conmocionó a la población pillareña.

Luego de varias diligencias, la Dirección Nacional de Delitos Contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased) dio con el paradero del presunto responsable, quien pretendía huir hacia la costa ecuatoriana

Publicidad

En la audiencia de juzgamiento, el Tribunal de Garantías Penales tomó en cuenta los elementos de convicción que presentó el fiscal Lenín Haro para sustentar la acusación contra Juan Pastor B. T, por la agresión sexual y posterior ataque con una piedra a la adulta mayor.

Para validar la hipótesis, Haro presentó como pruebas: el informe de autopsia médico-legal, testimonios, informe de reconocimiento del lugar de los hechos, microscopia forense, examen de biología forense, entre otras que demostraron su responsabilidad en la muerte de la víctima, señaló la Fiscalía en un comunicado.

De acuerdo al artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal, el delito de violación con resultado de muertes está tipificado se sanciona con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, aunque en este caso se aplicaron las circunstancias agravantes de la infracción, estipuladas en el artículo 47 del mismo cuerpo legal. (I)

Publicidad

Publicidad

Publicidad

¿Tienes alguna sugerencia de tema, comentario o encontraste un error en esta nota?

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad