La detención de Eddy Marcelo A. Z. dio mucha tela que cortar en febrero pasado cuando el fiscal Fabricio Neira solicitó la medida cautelar de arresto domiciliario para él en la audiencia de flagrancia, pese a haber sido detenido en el bloque 6 de Bastión Popular con más de 100 kilos de droga durante un operativo policial, pues se aseguró entonces que se trataba de un consumidor crónico.

La semana pasada se resolvió el caso y nuevamente la Fiscalía usó esta figura para pedir el sobreseimiento del procesado, pues según un examen psiquiátrico, las capacidades mentales de Eddy Marcelo estarían afectadas por tanta droga y el examen toxicológico reveló que el procesado sería un consumidor crónico.

El fiscal Eduardo Díaz, quien investigó el caso, decidió no acusar al hombre, quien aseguró en su dictamen, que trabajaba como reciclador.

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El procesado, en su versión, dijo que estaba parado en la calle cuando alguien le propuso “ganarse una sota (10 dólares) a cambio de que ayudara a bajar unos paquetes de un carro para meterlos a una casa”.

La Fiscalía indicó a la jueza Yesenia Hidalgo que el procesado no era dueño del carro, ni vivía en la casa donde ingresaban los paquetes con la sustancia y que no se evidencia que se dedique a microtráfico.

El fiscal Díaz expuso también en su dictamen abstentivo que en el hecho definitivamente intervinieron más personas, y que al solo haber aprehendido a Eddy Marcelo A. Z. se puede generar una investigación por un mal accionar policial.

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La jueza Hidalgo había convocado la audiencia preparatoria de juicio para el miércoles de la semana pasada, pero ese día llegó el dictamen abstentivo del fiscal Díaz.

“Tengo que dejar sin efecto la audiencia convocada, notificar el dictamen abstentivo a las partes y emitir el sobreseimiento”, dijo la jueza.

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En este caso la Judicatura aclara que si un fiscal, quien es el dueño de la investigación, se niega a acusar, es decir, se abstiene, el caso es sobreseído y el juez no puede hacer más, sin embargo, la Judicatura ha solicitado que el caso sea revisado por la fiscal provincial del Guayas, Yanina Villagómez.

La Policía inconforme

Los agentes que detuvieron a Eddy Marcelo contaron que el hombre se lanzó desde la venta de un segundo piso en un intento de fuga y que al ser atrapado les habría ofrecido 20 mil dólares a cambio de que lo dejen ir.

Además, mencionan que el fiscal del caso ordenó semanas atrás la devolución del carro del que Eddy Marcelo sacaba la droga. Este vehículo fue devuelto a sus dueños, sin embargo, hace tres semanas fue retenido nuevamente con otro cargamento de sustancias.

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Eddy Marcelo registra antecedentes penales por tenencia de armas en el 2017 y una contravención de tránsito en el 2016, lo que llama la atención de los policías, pues el fiscal Díaz lo mostró ante la jueza como un pobre reciclador que vivía en la calle.

Rectificación pedida por Eduardo Díaz Zambrano

Sobre la noticia ' Sobreseído hombre que fue detenido con 139 kilos de droga en febrero pasado’, publicada por este Diario en la edición del sábado 1 de mayo, Eduardo Díaz Zambrano, fiscal que tramitó la causa, solicitó una rectificación de lo que él considera son imprecisiones. Dice:

“La Fiscalía fundamentó su dictamen abstentivo basado en que el informe investigativo, realizado por una agente investigadora de la Jefatura Antinarcóticos de la Zona 8, hace saber que el procesado no es la persona responsable del domicilio donde se encontró la evidencia, sino que apareció como un estibador (de acuerdo a lo explicado en el informe investigativo).

Respecto a la noticia en que dicen que los policías recibieron una oferta de veinte mil dólares porque no lo detengan, se debe decir que los aprehensores no manifestaron eso en sus versiones que constan en el expediente.

Se ha explicado en el expediente que al procesado, Eddy Arana Zamora, se le practicó un informe pericial psiquiátrico, el mismo que concluye que tiene una incapacidad mental, originada por su excesivo consumo de drogas, debiendo aclarar que las personas con deficiencias mentales comprobadas deben someterse a un trato especial que se encuentra en la ley, sin embargo, la Fiscalía considera que pesa más para su decisión el hecho de que el informe investigativo, realizado por una agente investigadora de la Jefatura Antinarcóticos de la Zona 8, hace saber que el procesado no es la persona responsable del domicilio donde se encontró la evidencia, la misma que aporta con el nombre de la persona responsable del departamento, la evidencia, el vehículo y las acciones descritas en la investigación. Al respecto ya se aperturó una investigación sobre el tema que se tramita en otro despacho de la Fiscalía. Si bien es cierto que existe una condición de consumo crónico, debidamente comprobada por pericias, como la realizada por la perito médico legal de la Fiscalía, que en su informe el día de la aprehensión hizo saber que el procesado consumía hasta 20 veces al día, la convicción de la Fiscalía para emitir un dictamen pasa por la consideración de participación efectiva en el hecho atribuido, lo que ha sido desvanecido en el informe policial investigativo antes mencionado”. (I)