Con un mínimo de tres personas se integrará la veeduría ciudadana que observará la etapa de verificación y cumplimiento de requisitos legales de aquellos candidatos que aspiren a ser vocal del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), que se elegirán por voto popular en las elecciones seccionales de febrero del 2023.

Este 3 de mayo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la convocatoria a integrar esta veeduría ciudadana, cuyos postulantes deberán demostrar no estar incursos en nueve inhabilidades y cumplir tres requisitos.

El periodo de inscripción estará abierto hasta este 12 de mayo, de acuerdo con el calendario para la organización de los comicios, en los que además de los vocales del CPCCS se elegirá a alcaldes, prefectos, concejales urbanos y rurales y miembros de las juntas parroquiales.

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Esta veeduría está abierta a personas naturales, organizaciones sociales y de la academia (universidades y escuelas politécnicas).

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Quienes aspiren a ser veedores, no podrán haber postulado a ser parte del CPCCS.

Tampoco deben tener conflictos de intereses con el CPCCS o la función Electoral, ser contratistas o proveedores del Estado, de la función de Transparencia y Control Social y tampoco de la Electoral; ser dignatarios, o servidores del Estado, o hayan laborado dentro del año anterior en el Consejo de Participación Ciudadana o el CNE.

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Tampoco podrán estar vinculados por matrimonio, unión de hecho o parentesco con los miembros del CPCCS o del CNE, o con alguno de los candidatos.

No pueden tener contratos con el Estado, o adeudar más de dos pensiones alimenticias; no haber cumplido con las medidas de rehabilitación ordenadas por autoridad competente en casos de violencia intrafamiliar o de género.

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Pertenecer a más de una veeduría en curso; ejercer cargos de elección popular o ser cónyuge o pareja, o pariente de una autoridad, mientras esta se encuentre en ejercicio de sus funciones. Tampoco pueden ser afiliados o dirigentes de partidos o movimientos políticos en los últimos cinco años, o haber desempeñado un cargo de elección popular en ese tiempo; aunque se exceptúan concejales y vocales de juntas parroquiales.

La elección de los siete miembros del Consejo se modificó en la consulta popular del 2018, y su designación se hace por voto popular. Previamente, se revisa que los candidatos cumplan requisitos legales y que no estén incursos en inhabilidades.

Esta tarea la realiza una Comisión Técnica designada por el Consejo Nacional Electoral, y ello es observado por esta veeduría ciudadana.

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Por ello, esta instancia se habilita para que observe la etapa de postulación y verificación de requisitos

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Pueden alertar al Consejo Electoral de indicios de actos de corrupción, incumplimientos legales o conflictos de intereses. Una vez que concluyan los fines para lo que fue creada, los veedores devolverán la credencial otorgada.

Están prohibidos de utilizar su credencial con otros fines; no deben tener conflictos de intereses, no pueden recibir regalos, dádivas; tampoco tomarse atribuciones como servidor del CNE; retrasar o impedir el proceso de veeduría y obligatoriamente deben presentar un informe final sobre su actividad.

Los requisitos que debe acreditar un postulante a la veeduría es ser ecuatoriano o extranjero domiciliado en el país, estar en goce de los derechos políticos y de participación; y ser delegado de una organización social legalmente reconocida, o miembro de la academia.

El organismo electoral prevé tener conformada la veeduría el 27 de mayo próximo, antes de que se convoque oficialmente al proceso de postulación a ser consejero de Participación Ciudadana.

De acuerdo con el calendario, el CNE convocaría a esa etapa el 31 de mayo. (I)