El presidente de la Comisión de Fiscalización, Fernando Villavicencio (Concertación), este 12 de noviembre presentó un informe sobre la investigación acerca de los Pandora Papers, el cual señala que el presidente de la República, Guillermo Lasso, no es beneficiario directo ni indirecto, beneficiario social, director o dignatario de ninguna empresa localizada en paraísos fiscales.

Que los papeles de Pandora no solo nombran a Lasso, sino también a varios empresarios de este país y exfuncionarios públicos de alto nivel, entre ellos, Williams Phillips Cooper, Nilsen Arias Sandoval y Enrique Cadena Marín, relacionados con el negocio petrolero.

Pandora Papers es una filtración de archivos que revela la vinculación de políticos y empresarios con administradoras de offshore registradas en paraísos fiscales.

Publicidad

La Asamblea Nacional encargó a la Comisión de Garantías Constitucionales una investigación. Un informe de mayoría indicó que el primer mandatario no observó el pacto ético aprobado mediante consulta popular en 2017; consecuentemente, se determinó un incumplimiento a la prohibición de tener bienes y dineros en paraísos fiscales. Pero una minoría de esa mesa entregó otro más que recomienda el archivo de la investigación, porque no se encontraron pruebas contra Lasso.

Informe sobre Pandora Papers enfrenta pedido de acto urgente por presunto delito de falsedad ideológica

El reporte que Villavicencio entregó a la presidencia de la Asamblea Nacional indica que las sociedades y fideicomisos que han sido vinculados al presidente de la República se encuentran disueltos, estableciéndose que, a la fecha de la inscripción de su candidatura presidencial, esto es, el 23 de septiembre de 2020 hasta la actualidad, no figura como accionista directo o indirecto, beneficiario social o director de ninguna empresa localizada en paraíso fiscal.

En cuanto a las compañías Banisi S. A. y Banisi Holding S. A se estableció que, luego del análisis realizado y en apego a los documentos debidamente certificados y apostillados, el actual presidente no consta como accionista, directo o indirecto, ni beneficiario final de la sociedad, ni tampoco como director o dignatario de ellas, desde el 11 de septiembre de 2020 hasta la presente fecha, esto es, antes de la inscripción del binomio presidencial Lasso-Borrero para las elecciones 2021-2025.

Publicidad

Que los documentos obtenidos por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación son producto de una filtración-fuga documental, la cual carece de validez probatoria dentro de un proceso judicial o administrativo, y que los anexos documentales son copias simples que, para ser incorporadas dentro de una causa, deben ser contrastadas con documentos originales o existentes, los que de forma obligatoria deberán ser solicitados a las entidades mercantiles y societarias donde reposan, así como también a los titulares de la información generada.

Villavicencio concluye que el Ministerio del Trabajo, el 11 de noviembre de 2021, determinó que Guillermo Lasso no registra relación de dependencia laboral en el sector público desde el 2010 hasta el 23 de mayo de 2021, con lo que se evidencia que no ostentaba cargo público o de elección popular que le haya impedido mantener actividades comerciales en paraísos fiscales.

Publicidad

El asambleísta reclamó la competencia de la Comisión de Fiscalización para iniciar y sustanciar la presente investigación.

Sostuvo que la Comisión de Garantías Constitucionales vulneró el principio constitucional non bis in idem al tratar de establecer presuntas responsabilidades de hechos que fueron conocidos y resueltos por el máximo órgano en materia electoral, así como el Servicio de Rentas Internas, que desde el año 2017 ha venido ejerciendo permanentes controles.

Frente a los hechos, el informe de 58 páginas recomienda entre otras cosas el archivo del informe presentado por la Comisión de Garantías Constitucionales por falta de imparcialidad dentro de la valoración y análisis de los elementos solicitados y recabados por la mencionada comisión.

En cuanto a las competencias, el documento señala que es la Fiscalía, como titular de la acción penal, la que se debe encargar de continuar con este proceso.

Publicidad

Y plantea que el presidente recomiende y sugiera a sus hijos el retorno de capitales al Ecuador a fin de fomentar, contribuir e incrementar la actividad comercial, productiva y laboral en el país.

En cuanto a los resultados obtenidos de la investigación, se propone que se remita el tercer informe a la Fiscalía General del Estado, a fin de que realice en el marco de sus competencias las investigaciones pertinentes de la actuación de los señores William Phillips Cooper, Nilsen Arias Sandoval y Enrique Cadena Marín por delitos en contra de la Administración pública que han sido evidenciados. (I)