El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) admitió a trámite la petición que hizo el Consejo Nacional Electoral (CNE) para que se pronuncie sobre las consecuencias jurídicas de que en la parroquia Calacalí de Quito el voto nulo se haya impuesto sobre los votos válidos en las elecciones de vocales de juntas parroquiales como parte de los comicios seccionales que se desarrollaron el 5 de febrero pasado.

La noche de este 22 de marzo, los jueces del Tribunal Contencioso Electoral resolvieron admitir a trámite el expediente que les remitió el CNE sobre lo ocurrido en Calacalí, parroquia en la que por primera vez en la historia del país el voto nulo obtuvo ganancia frente a los votos válidos.

La causa recayó por sorteo en el despacho de la vicepresidenta del TCE, Ivonne Coloma, quien propuso una serie de pasos antes de determinar si en Calacalí se desarrollará un nuevo proceso electoral para elegir a estas autoridades.

Publicidad

Para proceder, el organismo se ampara en que el artículo 70 numeral 9 del Código de la Democracia le permite declarar la nulidad total o parcial de un proceso electoral.

La admisión a trámite de la petición del CNE se aprobó por los jueces Ivonne Coloma (ponente), Ángel Torres, Guillermo Ortega, Joaquín Viteri y el voto concurrente de Fernando Muñoz, presidente del Tribunal.

En el documento se reconoce que pese a que la norma les permite pronunciarse sobre la nulidad total o parcial de una votación, esa facultad no se encuentra “reglada”. Ello, porque no existen precedentes jurídicos en los procesos electorales en los que haya ganado el voto nulo.

Publicidad

Se agrega, además, que la nulidad de elecciones no puede ser declarada de oficio por el TCE, sino cuando se presentan medios de impugnación de parte de los sujetos políticos (candidatos, movimientos y partidos políticos), en cuyo caso no sucedió, pues ninguno interpuso un recurso contencioso subjetivo en contra de los resultados proclamados por la Junta Provincial Electoral de Pichincha.

En Calacalí, de acuerdo con los resultados oficiales publicados por el Consejo Nacional Electoral, en la votación por la elección de los vocales de juntas parroquiales se reportaron 1.809 votos válidos, 1.882 nulos y 189 en blanco. De lo que se desprende que el nulo tuvo 73 votos más que el total de los válidos.

Publicidad

Hubo 3.880 electores registrados en el padrón electoral, de los que 545 no se presentaron a sufragar.

Antes de tomar una resolución, los jueces estipularon un plazo de tres días para que las organizaciones políticas y candidatos que participaron en esta elección presenten sus alegatos, en el marco de lo ocurrido en la parroquia.

Además, no se desestima convocar a audiencia de estrados a las autoridades del CNE, a los candidatos y agrupaciones políticas para que “proporcionen argumentos para mejor resolver, sin que por este hecho sean considerados partes procesales”.

Finalmente, tomando en cuenta que el TCE podría declarar la nulidad de las elecciones o del proceso electoral en Calacalí, el Consejo Nacional Electoral deberá remitir un informe de factibilidad técnica y jurídica frente a la posibilidad de realizar una nueva elección.

Publicidad

Dicho documento deberá contener un cronograma que respete los plazos establecidos en la ley, pero, al mismo tiempo se plantea que se reduzcan “en lo máximo posible, aquellos que están establecidos en los reglamentos”.

Esto en un contexto en el que podría resolverse convocar a la elección de vocales de junta parroquial desde la inscripción de candidaturas, campaña electoral, impresión de papeletas y proclamación de resultados.

La premura se debe a que el próximo 14 de mayo, es decir, en menos de 60 días, el CNE debe posesionar a las nuevas autoridades electas en los comicios del 5 de febrero.

En Calacalí, para la elección de vocales de juntas parroquiales participaron tres organizaciones políticas y una alianza que presentaron –cada una– cinco candidatos: Centro Democrático (CD) lista 1; Revolución Ciudadana (RC) lista 5; Izquierda Democrática lista (ID) 12; y la alianza Va por Ti, que agrupó a las listas 21, 25, 65, 33.

Por la lista propuesta por Centro Democrático se reportaron 102 votos válidos (5,65 %); por la Revolución Ciudadana, 522 votos (28,90 %); por el partido Izquierda Democrática, 671 votos (37,15 %); y, por la alianza Va por Ti, 511 (28,29 %). (I)