Tras la notificación del informe de la Comisión Pluripartidista ad hoc, las fuerzas políticas de oposición comenzaron a analizar los caminos jurídicos que tienen para que ese documento que recomienda la destitución de Guadalupe Llori, como presidenta de la Asamblea Nacional, pueda llegar a conocimiento del pleno.

El dilema que enfrentan es porque quien debe convocar, definir la fecha y hora para la sesión plenaria donde se incluya el texto es la acusada en este proceso de investigación solicitado desde la bancada del Partido Social Cristiano (PSC).

Según el artículo 166 de la ley orgánica de la Función Legislativa, una vez presentado el informe sobre el proceso de investigación a la presidencia de la Asamblea, esta tiene un plazo máximo de cinco días para incluirlo en uno de los puntos del orden del día. Ese plazo se vencería el próximo lunes 30 de mayo. Sin embargo, en la resolución del pleno del 26 de abril, se incluyó un plazo de tres días para que la presidenta convoque al pleno una vez que concluya la investigación y se presente el informe.

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El 25 de mayo, la Comisión Pluripartidista por unanimidad aprobó el informe sobre la investigación en contra de Guadalupe Llori, en el cual recomienda su destitución por incumplimiento de funciones al no dar paso a una apelación a la presidencia el pasado 24 de febrero de 2022 y por no reinstalar dos sesiones dentro del plazo de 30 días como lo determina la norma que rige al Parlamento.

Comisión Pluripartidista recomienda destituir a Guadalupe Llori como presidenta de la Asamblea Nacional

Son tres escenarios los que se analizan entre los legisladores de las bancadas Unión por la Esperanza (UNES), Partido Social Cristiano (PSC), el grupo de Pachakutik rebeldes y los disidentes de la Izquierda Democrática (ID).

El primerO es esperar que hasta el lunes la presidenta de la legislatura convoque a una sesión exclusivamente para conocer el informe; pero la disyuntiva que surge es si la fecha de esa sesión será inmediata o podría quedar para después de algunas semanas, pues en la ley no existe un plazo máximo en que podría ser fijada una sesión del pleno.

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Si Llori escoge este camino, a criterio del legislador Esteban Torres (PSC), en la práctica podría surgir el segundo escenario, que es la presentación de un pedido de cambio del orden del día en una nueva sesión plenaria y no duda que haya los 70 votos requeridos para ese propósito, y por esa vía incluir el informe de la Comisión ad hoc.

Un tercer escenario es la autoconvocatoria a sesión para incluir el informe. El obstáculo que tiene este medio es reunir los 92 votos que se necesitan para hacerlo, pues los cuatro grupos políticos que buscan la destitución de Llori, semanas atrás, llegaron a reunir hasta 89 voluntades.

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Este grupo de legisladores también advierte de una posible sentencia que emita la Corte Provincial de Justicia de Pichincha a la apelación que presentó Guadalupe Llori, hace diez días, respecto a la acción de protección que fue negada en primera instancia y que buscaba dejar sin efecto la calificación de la denuncia en su contra por parte del Consejo de Administración Legislativa (CAL), el pasado 11 de abril.

Esteban Torres se adelantó a señalar que no tendría valor jurídico una posible sentencia judicial de la Corte Provincial de Justicia, porque son decisiones legítimas de la Asamblea, aunque sí hay un grupo de legisladores que dan ese valor jurídico, pero existen precedentes de que jamás aceptó ninguna de esas medidas.

El oficialista Juan Fernando Flores dijo que la Bancada Acuerdo Nacional (BAN), al momento, analiza el informe presentado por la Comisión Pluripartidista, fundamentalmente enfocados en la legalidad sobre algunos elementos que el informe incorpora como el plazo de tres días para que el informe pase al pleno, cuando eso no contempla la ley que rige a la Función Legislativa.

Todo lo que empieza mal termina mal, anotó Flores, quien reiteró que en ninguna parte de la ley se establece el plazo de 72 horas para conocer el informe en el pleno; todo esto podría generar nulidad, dijo. Manifestó que la ley establece cinco días para generar un proceso de convocatoria para que el pleno de la Asamblea conozca el informe en un nuevo pleno.

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Ronny Aleaga (UNES) comentó que el plazo que se debe cumplir para la convocatoria a sesión para conocer el informe que recomienda la destitución de Guadalupe Llori, como presidenta del legislativo, es de cinco días como lo establece la ley, y si no lo hace se podrá optar por la autoconvocatoria, por ello hizo un llamado a las demás fuerzas políticas para respaldar con su voto una autoconvocatoria. “No podemos seguir en este entrampamiento de la Asamblea Nacional, pues en esta semana no hemos sesionado, y se sigue perdiendo el tiempo”, subrayó. (I)