Tipificar el delito de extorsión por delincuencia organizada, para que se sancione con una pena privativa de libertad de siete a diez años a quienes obliguen a efectuar negocios con intimidación por pertenecer a un grupo de delincuencia organizada, agregando un artículo luego del 370 en el Código Integral Penal, es la propuesta que está impulsando la Administración del presidente Guillermo Lasso dentro de las tres preguntas adicionales que presentó este lunes, 31 de octubre, el ministro de Gobierno, Francisco Jiménez, ante la Corte Constitucional (CC) para que se sumen a su propuesta de referéndum, que esperan que se realice en febrero de 2023.

¿Está usted de acuerdo con tipificar el delito de extorsión por delincuencia organizada, para que se sancione con pena privativa de la libertad de 7 a 10 años a quienes obligan a efectuar negocios con intimidación por pertenecer a un grupo de delincuencia organizada, reformando el Código Orgánico Integral Penal de conformidad con el anexo 2?, sostiene la pregunta.

De recibir el visto bueno en la CC y luego lograr el sí en las urnas, la reforma plantea que se agregue al COIP un artículo que diga: Extorsión por delincuencia organizada.- La persona que de manera directa o indirecta, con violencia o intimidación, obligue a otro a realizar u omitir un acto o negocio jurídico, afirmando pertenecer o perteneciendo a un grupo de delincuencia organizada, será sancionada con pena privativa de 7 a 10 años.

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Actualmente, la extorsión se regula en el COIP en el artículo 185 como un delito contra el derecho y la propiedad, y se sanciona con pena privativa de la libertad de tres a cinco años.

Para el jurista José de la Gasca, el Gobierno lo que está haciendo con esta iniciativa, al igual que con otras preguntas de la propuesta de consulta popular, como la del apoyo de las FF. AA. a la Policía o la de la extradición, es definir su política pública contra el crimen organizado.

“El Gobierno lo que quiere es regular una parte del delito de extorsión. Le está poniendo un predicado al sustantivo. Está imaginando quiénes son los que están cometiendo este delito”, explica y dice que, al proponer el cambio luego del artículo 370 y no dentro del 185, se lo está enmarcando en los delitos que atentan contra la seguridad del Estado, como la delincuencia organizada y asociación ilícita.

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De la Gasca refiere también que se le quiere dar este enfoque para garantizar que tenga tratamientos procesales distintos, ya que si se ubica dentro de los delitos contra la propiedad, caben soluciones alternativas, conciliación, entre otras.

“Si se le pone un efoque más grave, se va restringiendo desde lo legislativo la discrecionalidad que puede tener el juzgador posteriormente en el momento de enfrentarse ante un proceso con un tipo detenido por extorsión de delicuencia organizada, donde difícilmente va a poder darle medidas sustitutivas, sino que debe dictar prisión preventiva”, explica.

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El Gobierno justifica la presentación de esta pregunta en que en este momento la extorsión es una de las prácticas más comunes de las organizaciones vinculadas con la mafia para obtener un beneficio patrimonial bajo intimidación a cambio de abstenerse de ejecutar actos de violencia. Esta práctica se ha denominado comúnmente vacuna extorsiva.

Según cifras oficiales, se han registrado 5.545 denuncias de ciudadanos por este delito; la cifra es la más alta desde 2015 en el país, y es más del doble del total de denuncias receptadas en 2021.

Además, el Gobierno indica que, pese a que en los últimos tres años ha existido un incremento de estas denuncias, los procesos judiciales para este delito se han reducido en comparación con años anteriores. Es decir que, mientras la tendencia de denuncias aumenta, no ha existido una judicialización de esas denuncias.

No obstante, la preocupación por esta problemática no solo está en el Ejecutivo. En la Asamblea Nacional, la legisladora socialcristiana Geraldine Weber presentó el proyecto de “Ley orgánica reformatoria del Código Orgánico Integral Penal para el combate de los delitos de extorsión por protección o resguardo (vacunas) y de extorsión con resultado de lesión, muerte o de graves daños a la propiedad privada”.

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Weber indicó a este Diario que el proyecto está a la espera de ser difundido por el sitio web de la Asamblea Nacional para conocimiento de los asambleístas. Luego tiene que pasar al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para su calificación y derivación a una comisión, que posiblemente sea la de Justicia y Estructura del Estado, para el trámite respectivo.

La propuesta de la bancada del Partido Social Cristiano (PSC) implica dos cambios. El primero dispone agregar un párrafo en el art. 185 del COIP, que tipifica la extorsión, para elevar la pena de siete a doce años. En la segunda parte, se propone incluir un nuevo artículo luego del 185 para establecer que si, como consecuencia de la extorsión, se produce la lesión o la muerte de una o varias personas o la destrucción de bienes o de la propiedad relacionada a la víctima, la pena será de 22 a 26 años de privación de la libertad. La pena actualmente vigente es de hasta 19 años en caso de asesinato por extorsión.

Weber destacó que el proyecto contó con el aporte de la Asociación de Municipalidades Ecuatorianas Regional 5, en la que los voceros de los sectores productivos expresaron su preocupación e indignación por el elevado índice de extorsiones a las que estaban siendo sometidos los pequeños y medianos comerciantes y emprendedores por parte de la delincuencia.

Además mencionó que, en el tema de la inseguridad, los municipios y las prefecturas están solicitando que el Estado ecuatoriano posibilite de manera legal el porte de armas a la ciudadanía, lo que se concretaría con derogar el Decreto Ejecutivo 1573, del 5 de febrero de 2009. (I)