Una vez que María del Carmen Maldonado renunció a su cargo de presidenta del Consejo de la Judicatura (CJ), ella señaló que Álvaro Román sería su reemplazante, pues, a su criterio, él era su suplente nombrado por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social Transitorio (CPCCS- T) y provenía de la terna de la Corte Nacional de Justicia (CNJ).

Maldonado anunció, la mañana de este miércoles, su renuncia irrevocable al cargo de presidenta del CJ, debido a la resolución de la Corte Constitucional (CC) que retiró de la presidencia del Consejo de la Judicatura la facultad de dictar la medida de suspensión para funcionarios judiciales.

Sentencia de la Corte Constitucional provoca la ‘renuncia irrevocable’ de la presidenta del Consejo de la Judicatura

El artículo reformado por la CC es el 269, numeral 5, del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), que describe las funciones del presidente del CJ.

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Habla de que esta autoridad podrá “suspender, de forma motivada el ejercicio de funciones de los servidores de la Función Judicial, incluyendo la remuneración, por el plazo máximo de tres meses, cuando considere que se ha cometido o se estén cometiendo infracciones graves o gravísimas...”.

En su lugar, la Corte determinó que “para ser constitucional la facultad (...) debe ser ejercida privativamente por el CJ y no de forma individual por su presidente o presidenta...”.

La salida de Maldonado y el anuncio de que Álvaro Román sería el sucesor de la hoy expresidenta del CJ generó inmediatamente pronunciamientos.

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Respecto a este tema, el vocal del CPCCS actual, Hernán Ulloa, explicó que Álvaro Román integró la terna de la Fiscalía General del Estado y no de la CNJ, y en lo que calificó “una mala decisión del Consejo Transitorio” fue designado Román como vocal suplente del CJ. Por ese hecho, a su criterio y ante la renuncia de Maldonado, Román no podría ejercer como presidente de dicho organismo.

Sin embargo, apuntó, el dictamen interpretativo 2-19-IC/19 emitido por la Corte Constitucional determinó: “El CPCCS definitivo (...) no goza de autotutela para revisar las decisiones tomadas por el Consejo transitorio”. Como miembros del Consejo de Participación definitivo, refirió, deben cumplir con dicha decisión emanada por el máximo organismo de control e interpretación constitucional.

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La salida a esta disyuntiva para Ulloa sería que el presidente de la CNJ remitiera una terna al CPCCS para designar al vocal principal del CJ y que por disposición de la Constitución del Ecuador debería ejercer como el presidente de dicho organismo; y que el CPCCS deberá respetar la designación de Álvaro Román como vocal suplente del Consejo de la Judicatura.

“De esta forma, se cumpliría con el mandato emanado por la carta magna y también estaría acorde al dictamen interpretativo de la Corte Constitucional”, expresó Ulloa.

Para el presidente de la CNJ, Iván Saquicela, lo que corresponde en este caso es que el CPCCS, en apego a la norma constitucional, designe al delegado del presidente de la CNJ, como integrante del CJ y que presida ese organismo. Anotó que Román en su momento fue designado como suplente de María del Carmen Maldonado, pero no formó parte de la terna que remitió la expresidenta de la Corte Nacional, Paulina Aguirre, sino que era parte de la terna de la Fiscalía General.

El artículo 179 de la Constitución señala: “El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán elegidos mediante ternas enviadas por el presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el fiscal general del Estado, por el defensor público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional”.

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“El pleno de la CNJ nos pronunciamos en términos en que el respeto a la norma constitucional debe primar, con ello a la democracia y desde luego el respeto a la independencia judicial y a la institucionalidad y la mejor forma es respetando y haciendo respetar la norma constitucional. No es una opinión, sino que es una norma lo que establece”, afirmó Saquicela, quien adelantó que en las próximas horas enviarán la terna para que se designe al nuevo delegado de la Corte Nacional que presidirá el CJ.

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Al pronunciamiento de Ulloa el presidente Saquicela respondió que en este caso hay una sola forma de solucionar este tema y esa es la aplicación de la Constitución. Preguntó: ¿Álvaro Román es delegado del presidente de la CNJ? La respuesta es no, entonces, tajantemente dijo, si no lo es, no puede y no debe ser quien presida la justicia en el ámbito administrativo del país. Señaló que acerca del blindaje del que se habla tiene que ver con una designación que ya se hizo, pero en este caso, mencionó Saquicela, lo que hay es una renuncia.

Insistió el presidente de la Corte Nacional en que se debe cumplir la norma constitucional y el pleno de la CNJ no quiere generar ninguna controversia. “Yo espero sensibilidad y respeto a la norma constitucional y a la institucionalidad del país. Nosotros no vamos a contribuir con polémicas ni mucho menos, pero tampoco en poner en riesgo la institucionalidad”. (I)