Por lo menos un año más podrían prorrogarse en funciones las autoridades de control del Estado que actualmente están en funciones, en el caso de que la Corte Constitucional (CC) apruebe la propuesta de enmienda del presidente de la República, Guillermo Lasso, relacionada con las funciones que tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).

El 18 de octubre, el mandatario presentó a la Corte Constitucional una nueva propuesta de enmienda a la Constitución para que determine si esa es la vía correcta para modificar los procesos de selección de autoridades del Estado y, también para la elección de los siete vocales del CPCCS.

Esta iniciativa de dos preguntas se remitió bajo una figura “de alcance” a la pregunta 6 que el régimen planteó en un primer momento. Sin embargo, la Corte negó esa primera propuesta, al concluir que su tratamiento no es por la vía de enmienda, sino una reforma parcial.

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Después del sorteo respectivo, el trámite constitucional recayó en el despacho de la jueza Daniela Salazar, quien presentará el proyecto de control previo de constitucionalidad al pleno para que tome su decisión.

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Estas dos preguntas están relacionadas con el Consejo de Participación Ciudadana, sobre las que el Ejecutivo propone quitarle la atribución de designar a los titulares de las principales instituciones del Estado y la segunda, cambiar el mecanismo de elección de sus siete vocales.

En el caso de que la Corte califique el mecanismo y la constitucionalidad de las preguntas y por tanto sean llevadas al referéndum, su ejecución requerirá de cambios a la Constitución y a leyes vigentes, para lo que el Gobierno hace una propuesta.

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Guillermo Lasso plantea que la Presidencia de la República tenga un plazo de 180 días para remitir los proyectos de ley reformatorios que regulen los cambios para implementar la enmienda y a la Asamblea Nacional le da 365 días desde la publicación de los resultados del referéndum en el Registro Oficial para aprobar las leyes reformatorias.

Si se requiere más tiempo, se dará una prórroga de hasta 90 días.

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Mientras esto ocurre, las autoridades que no han sido reemplazadas por el Consejo de Participación Ciudadana “se entenderán prorrogadas en sus funciones hasta que sean reemplazadas”, mediante el nuevo procedimiento

Así también, los concursos públicos que están organizándose en el organismo se declararían desiertos a la fecha de publicación de los resultados del referéndum, en el caso de que sea aprobado por la CC y como efecto de ello, en las urnas.

En la actual coyuntura, están en ciernes cinco concursos públicos para la designación de las siguientes autoridades: Contraloría General del Estado, Defensoría Pública y la renovación parcial de dos consejeros principales y suplentes del Consejo Nacional Electoral (CNE), que están en una fase previa para conformar las comisiones ciudadanas de selección, que son las encargadas de desarrollar los concursos para elegirlos.

Otros dos procesos son para renovar a dos jueces, principales y suplentes del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y al titular de la Defensoría del Pueblo, aunque estos están recién en la primera fase de convocar a la ciudadanía a integrar las comisiones ciudadanas de selección.

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Respecto de los procesos por ternas enviadas por el presidente de la República, el Consejo está en la etapa de selección de un vocal faltante del Consejo de la Judicatura (CJ).

Estas autoridades actualmente se encuentran en un estado de prórroga que sobrepasa incluso el año, como es el caso de la renovación parcial del CNE que debió sustanciarse en noviembre del 2021. Esto ocurre porque el Consejo de Participación Ciudadana no ha avanzado en la organización de los concursos públicos para escoger sus reemplazos.

En todo caso, en la primera propuesta de enmienda del paquete enviado el 12 de septiembre, el mandatario propuso que las reformas legales se realicen en un plazo de 180 días desde la publicación de los resultados, ahora aumentó a 365 días.

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Con el nuevo mecanismo de selección para la elección de las autoridades de la Contraloría, de la Fiscalía General del Estado, de la Defensoría del Pueblo, de la Defensoría Pública, de los vocales del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal Contencioso Electoral, Lasso dejó de lado su intención de que sea el presidente de la República el que remita las ternas en todos los casos para que la legislatura los designe. Esto, debido al cuestionamiento que hizo la Corte de que se ahondaba en un hiperpresidencialismo.

Ahora propone que sea el presidente de la Asamblea Nacional el que convoque a la ciudadanía a postularse para ocupar una de las funciones mencionadas, lo que se hará 90 días antes de que concluya el periodo de la autoridad saliente. Previamente, el CPCCS deberá acreditar un banco de veedores ciudadanos que observen la transparencia de los procesos.

Esa postulación podrá hacerse en un plazo de 20 días, desde la convocatoria.

La selección de los candidatos a ocupar una de las funciones estatales las efectuará una comisión técnica de selección que revisará el cumplimiento de los requisitos, valorará méritos y resolverá impugnaciones ciudadanas.

Estas instancias tendrán un plazo de 60 días para emitir un informe vinculante de ternas con los concursantes titulares y suplentes en orden de prelación. La Asamblea no podrá revisar revisar o modificar esa lista.

Con esa nómina, la Asamblea tendrá un plazo máximo de diez días para elegir y posesionar a las nuevas autoridades, lo que se resolverá con el voto de mayoría absoluta de los asambleístas.

Estas comisiones técnicas, según la iniciativa presidencial, la deberían integrar delegados de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial (que será remitido por el pleno del Consejo de la Judicatura), Electoral y de la función de Transparencia y Control Social.

En representación de la ciudadanía se escogerá a dos personas que serán elegidas de un sorteo público de quienes se postulen y dos representantes de las universidades que serán académicos designados por el “organismo público de planificación, regulación y coordinación del sistema de educación superior”. No se precisa cuál sería esa institución.

Estos comisionados deberían cumplir como mínimo con los requisitos de las autoridades que van a seleccionar y serán designados por los asambleístas nacionales 30 días antes de la convocatoria a la postulación ciudadana.

Estas comisiones conformarán ternas para la elección de las autoridades mencionadas; mientras que en el caso del CNE y el TCE elaborará una lista de nueve concursantes, pues son cinco miembros principales y cinco suplentes los que integran estos organismos.

En el caso de las autoridades que se eligen mediante ternas envidas por el presidente de la República, el cambio es que serán designadas por la Asamblea Nacional y ya no por el CPCCS.

El Ejecutivo enviará esas ternas (tres candidatos) 30 días antes de que concluya el periodo para el que fue electa la autoridad saliente. Serán elegidos luego de que superen la impugnación ciudadana y designará un titular y un suplente con el voto de la mayoría absoluta de los legisladores.

Quito, 17 de octubre de 2022. El presidente de la Corte Nacional de Justicia, Dr. Iván Saquicela, entrega la terna propuesta para la presidencia del Consejo de la Judicatura al presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, Dr. Hernán Ulloa, y sus vocales Ibeth Estupiñán y Francisco Bravo. API/JUAN RUIZ CONDOR Foto: API

Un proceso de selección distinto será el de los cinco miembros del Consejo de la Judicatura.

El Ejecutivo sostiene la actual integración por cinco personas que serán elegidas por ternas enviadas por el presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo presidirá; por el fiscal general del Estado, por el defensor público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea Nacional.

El cambio consiste en que será la legislatura la que los designará y posesionará, luego de un proceso que estará a cargo de una comisión técnica, que será definida por los asambleístas nacionales.

La conformarán cinco miembros provenientes de delegados de la función de Transparencia, un asambleísta nacional y tres representantes de las universidades.

Esta propuesta de enmienda está en un proceso de calificación de constitucionalidad del mecanismo, es decir, si corresponde una enmienda o es reforma parcial a la Constitución.

Si este dictamen es positivo para el régimen, los jueces de la Corte Constitucional tendrán un plazo de 20 días para verificar la constitucionalidad de las preguntas. (I)