La declaración de “zona de seguridad” en el Distrito Metropolitano de Quito -mediante el Decreto Ejecutivo 455 que estableció el estado excepción en Pichincha, Imbabura y Cotopaxi por el paro nacional indefinido convocado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas (Conaie) desde el 13 de junio- avala las “regulaciones especiales para el control y seguridad” como el ingreso de 400 uniformados a las instalaciones de la Casa de la Cultura Ecuatoriana (CCE) que se registró el domingo 19 de junio.

Ese día se recibió una denuncia anónima de que en bodegas y subterráneos de esta institución se estaba almacenando material explosivo. No se incautaron indicios ni se registraron detenidos, pero el general Fausto Salinas, comandante de la Policía Nacional, decidió hospedar en el lugar al personal de la unidad policial de Mantenimiento del Orden y establecer un centro de acopio para recibir vituallas y agua.

Para el constitucionalista André Benavides, estas dos acciones son completamente legales en estos momentos.

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“El establecer a Quito como zona de seguridad supone que tranquilamente las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional puedan hacer este tipo de intervenciones, en ese contexto no es una medida inconstitucional, si no existiera el decreto ejecutivo sí”, explica y agrega que la toma de lugares o propiedades, consideradas privadas, los uniformados lo pueden hacer.

Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional” es una de las ocho atribuciones que tiene el primer mandatario dentro de los estados de excepción, según el artículo 165, numeral 5 de la Constitución vigente.

Se complementa con el artículo 38 de la Ley de Seguridad Pública y del Estado, que establece que “por zona de seguridad se entiende el espacio territorial ecuatoriano cuya importancia estratégica, características y elementos que la conforman requieren de una regulación especial con la finalidad de garantizar la protección de esta zona ante eventuales graves afectaciones o amenazas a la seguridad.

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Diego Pérez, catedrático del Instituto de Altos Estudios Nacionales (IAEN) y experto en seguridad, menciona en el caso de la CCE no cuenta con un estatuto legal particular que la preserve de la acción de fuerzas policiales en el caso de un estado de excepción.

“La Casa de la Cultura no es una universidad... las acciones que se han tomado están amparadas por lo que dispone este estado, no hay una ruptura de la Ley, lo que sí ha habido es una politización importante alrededor de la propia institución, su manejo y su posición”, dice.

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Pérez subraya que existe el antecedente de las protestas de octubre de 2019, en las que la institución si brindó refugio para los manifestantes y sirvió de escenario para retener forzosamente a periodistas y que todos estos antecedentes se los debe tener en cuenta.

El catedrático refiere que en el 2019 el decreto de estado de excepción tuvo otra connotación y que no se desató ningún tipo de acción policial en contra de la CCE si es que se quiere comparar ambas situaciones.

Policía realizó allanamiento en la Casa de la Cultura, por una supuesta llamada, donde denuncian el almacenamiento de material bélico para las protestas. Cortesía de la Casa de la Cultura / EL UNIVERSO Foto: El Universo

El presidente nacional de la CCE, Fernando Cerón, rechaza las acciones de la Policía y dice que las instalaciones están tomadas de “manera arbitraria, ilegítima e inconstitucional”. Además reconoce que la institución cuenta con autonomía administrativa, mas, no política, algo que buscarán cambien con las reformas a la Ley de Cultura.

“El no tener autonomía política es lo que no nos faculta a tener el nivel de autonomía que tienen las universidades... la Policía ingresó a la Casa de la Cultura saltando por la verja posterior, que colinda con el parque de La Alameda, mientras yo con mi equipo jurídico nos encontrábamos presentando en la Unidad de Flagrancias de la Fiscalía una acción de medidas cautelares, que fue recibida recién hoy”, cuenta.

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Cerón explica que pese a existir el Decreto 455, identificaron que existen errores que los llevaron a presentar acciones de protección ante la justicia. Explica que se basan en el artículo 379 de la Constitución que define que los bienes patrimoniales no pueden ser embargados ni entrar en un proceso de requisición.

“El predio de la CCE es patrimonial, no se puede proceder con esta acción... este proceso es ilegal porque el estado de excepción establece que la requisiciones se habilitan para instituciones que tienen que ver con la prestación de servicios básicos y la Casa de la Cultura no tiene nada que ver; también se debió establecer una autoridad competente para hacer las requisiciones, no se designó esta autoridad”

Cerón reconoce que sí recibieron un documento de la Policía, pero que es ilegal por no ser designado oficialmente. Además explica que hasta el momento no han recibido ningún pedido de la Conaie como en 2019 y que días atrás negaron a la Policía un pedido para establecerse en las instalaciones para prevalecer sus principios de defensa del arte y de la cultura.

“Estamos esperando que la Policía salga, nuestras acciones legales van orientadas a que se retiren de los predios lo antes posible y que se respete nuestra autonomía”, manifiesta.

No obstante, Benavides subraya que cualquiera de estas acciones legales de parte de la CCE serían improcedentes por que las acciones de las fuerzas están respaldadas por el estado de excepción y “cualquier medida que se tome no tiene ningún tipo de viabilidad”.

Tanto Benavides como Pérez destacan que hablar de una dictadura por haber ingresado a las instalaciones de la CCE es algo totalmente erróneo en estos momentos. (I)