Desde la bancada de Pachakutik (PK) se impulsa un juicio político a los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) por tres temas diferentes relacionados con la designación de autoridades.

Los asambleístas Ricardo Vanegas y José Chimbo, de Pachakutik, figuran como los proponentes de esta interpelación política.

La solicitud reposa en el despacho de la presidenta de la Legislatura, Guadalupe Llori desde el 23 de septiembre.

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La primera es en contra de Sofía Almeida, Javier Dávalos, Ibeth Estupiñán y María Fernanda Rivadeneira, que con sus votos el pasado 23 de abril de 2021, removieron de sus funciones a Fausto Murillo como vocal del Consejo de la Judicatura (CJ), aludiendo a un informe del exministro de Trabajo Andrés Isch, que concluía que registraba impedimento legal para ejercer el cargo. En contra, votaron Hernán Ulloa y Francisco Bravo y David Rosero se abstuvo.

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Finalmente, el nuevo ministro de Trabajo, Patricio Donoso, certificó en un nuevo informe que Murillo no registraba impedimento y de forma paralela, la Corte Provincial de Justicia de Pichincha dispuso su reintegro a la Judicatura.

Según los legisladores, los cuatro consejeros violaron las competencias establecidas en la Ley del Consejo de Participación Ciudadana de “nombrar a los servidores del Consejo y ejercer las demás acciones propias de la administración de personal, de conformidad con las normas legales sobre la materia, excepto a los servidores cuya designación o sanción corresponda al pleno del Consejo”.

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El segundo pedido es por un hecho reciente, y es en contra de Almeida, Dávalos, Rosero y Estupiñán por la designación de César Córdova como defensor del Pueblo encargado.

En este caso, los interpelantes aseguran que demostrarán que hubo “conflicto de intereses” en la designación de Córdova, en una sesión del pasado 18 de septiembre.

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Se recoge la participación de los cuatro consejeros ante la Comisión de Fiscalización, en la que señalaron que para designar a Córdova solo analizaron su hoja de vida, que no tenían dudas de su honorabilidad y experiencia profesional en derechos humanos, porque había cursado un diplomado en derechos humanos y patrocinado como 300 juicios de trabajadores.

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Pero, sobre todo porque “había sido el secretario general del Consejo de Participación Ciudadana, pocos antes de ser designado con el encargo”.

“Está claro que un título de tercer nivel no registrado en la Senescyt, en derechos humanos y haber patrocinado 300 juicios que no están debidamente sustentados, no le permite cumplir con los requisitos para ser designado defensor del Pueblo”, cuestionan los asambleístas.

Consideran que debió escogerse a una autoridad que no tenga ninguna relación con los consejeros, sin embargo, designaron a quien fue su secretario “con lo cual adecúan sus conductas con lo que se evidencia un conflicto de intereses e incumplen sus funciones como funcionarios”.

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A esto se suma, que no precisaron en la resolución de designación de Córdova, por cuánto tiempo estará en funciones.

Desde el CPCCS se ha informado que Córdova estará en el cargo hasta que se elija a la nueva autoridad mediante un concurso público de méritos, oposición e impugnación ciudadana.

Y un tercer elemento para enjuiciarlos políticamente y en este caso, a los siete vocales, es por la designación de Pablo Iglesias Paladines como titular de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial (SOT), el 4 de marzo pasado.

Su designación se dio pese a que en su hoja de vida constaba que fue consultor de la empresa ACME, de la que Christian Cruz, el expresidente del Consejo de Participación Ciudadana, es su propietario, lo que configuraría también “un conflicto de intereses”.

Aunque Cruz ya no se encontraba como presidente del Consejo cuando se eligió a Iglesias -pues fue destituido y censurado por la Asamblea Nacional- durante su gestión se conformó una comisión técnica que verificó el cumplimiento de requisitos de la terna que remitió el expresidente Lenín Moreno y consecuentemente, los siete vocales lo designaron para el cargo.

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Esto derivaría en la existencia de “un conflicto de intereses” porque “no debió haber sido calificado, con lo que se produce un incumplimiento de funciones de todos los que han participado en el proceso de calificación”.

En ese sentido, los asambleístas basan su petición adjuntando las firmas de la cuarta parte del pleno de la Asamblea Nacional, para que el Consejo de Administración Legislativa (CAL) solicite el informe jurídico que señale el cumplimiento de requisitos y dé inicio al trámite.

Es decir, que Llori remita la documentación a la Comisión de Fiscalización para el proceso de validación de pruebas, antes del juzgamiento en el pleno del Parlamento. (I)