Dos habeas corpus en fase de apelación y dos habeas corpus inadmitidos es la situación jurídica de tipo constitucional que mantiene al momento el exvicepresidente Jorge Glas. Todos estos recursos han buscado que se ordene su salida de la Cárcel 4, en Quito, en la que se encuentra, argumentado problemas de salud graves, los cuales supuestamente no habrían recibido la atención médica necesaria.

Solo en lo que va del 2022, el Sistema Automático de Trámite Judicial Ecuatoriano (Satje) revela que abogados defensores de Glas y personas relacionadas con el correísmo han presentado seis habeas corpus. En total, desde el 2017 el nombre de Glas aparece en el casillero de actor u ofendido en nueve acciones de este tipo interpuestas en el sistema de justicia nacional.

Durante este año, según el Satje, tres de esos recursos los planteó Nicole Malavé a favor de Glas y se los tramitó en abril en Manglaralto (Santa Elena), en mayo en Latacunga (Cotopaxi) y en junio en Quito (Pichincha); en uno se le extendió en Portoviejo (Manabí) el beneficiario de un habeas corpus solicitado por otro; mientras que los dos restantes, los que resultaron inadmitidos, fueron presentados el 16 de agosto último por Carlos Alvear y Fausto Jarrín, ambos también defensores del expresidente Rafael Correa en el caso Sobornos 2012-2016.

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Recurrir al ‘habeas corpus’ fue una constante en la defensa jurídica de Jorge Glas desde el 2017

La jueza de garantías penitenciarias, Soledad Manosalvas, y el juez de la Unidad de Familia, Luis Jácome, ambos de Pichincha, en procesos distintos resolvieron inadmitir, el 17 de agosto pasado, los habeas corpus a favor de Glas. Los juzgadores coincidieron en que no les corresponde a ellos exigir el cumplimiento de la orden de libertad emitida por el hoy suspendido juez de Portoviejo, Banny Molina, quien aceptó el 5 de agosto un habeas corpus solicitado por Christian Araujo, sentenciado por asesinato a 13 años de cárcel, y que se extendió a Glas y Daniel Salcedo.

Justamente en manos de los jueces de la Corte Provincial de Justicia de Manabí Hugo Velasco Acosta, Teddy Ponce Figueroa y Celia García Merizalde está el revisar en fase de apelación la decisión del juez de primer nivel Molina. Aún no existe fecha para que se realice la audiencia solicitada por el SNAI y la Procuraduría General, diligencia que podría ratificar la decisión que favoreció a Araujo, Salcedo y Glas o declarar la nulidad de todo lo actuado.

Diego Javier Moscoso de la Unidad Judicial Multicompetente de Manglaralto en el cantón Santa Elena que el 9 de abril otorgó el habeas corpus al exvicepresidente, Jorge Glas. Foto: El Universo

El Servicio de Atención a Personas Privadas de la Libertad (SNAI) no ha dado paso a la boleta de excarcelación emitida por Molina a favor de Jorge Glas, alegando que la defensa del ex compañero presidencial de Rafael Correa presentó dos boletas con fechas diferentes, con errores y que no constan en el sistema.

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El juez Edison González, remplazante de Molina en la Unidad de Portoviejo, respondió a una consulta del SNAI ante las posibles irregularidades en las boletas, que no estaba facultado para determinar la validez de dichos documentos, pues estos no fueron emitidos por él. González ve como “improcedente” que no siendo él quien “conoció y resolvió en lo principal de la acción se pronuncie al respecto”.

Por otra parte, desde la tarde del miércoles último, los jueces de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha Eduardo Andrade (ponente), Guadalupe Narváez y Santiago Galarza deliberan los argumentos entregados durante la audiencia de apelación solicitada por Glas y Malavé ante la negativa de primera instancia de la jueza Manosalvas.

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Manosalvas, el 20 de junio último, en su negativa consideró que contra Glas no existe una detención ilegal o arbitraria, que él contaría con un celda personal con baño privado, que mantiene una seguridad que está en manos de un grupo especial las 24 horas del día y que se ha demostrado que existe una atención médica para el condenado.

A decir de la jueza, el habeas corpus es procedente para corregir situaciones relacionadas al derecho a la salud de la persona privada de la libertad, por lo que el efecto que persigue el mismo no es la libertad de una persona, sino corregir actos en contra del derecho a la integridad con las personas privadas de la libertad o falta del acceso a los servicios de salud.

Alfonso Zambrano Pasquel, uno de los varios defensores de Glas, aseguró que la pretensión en este caso es que se entreguen medidas cautelares sustitutivas a la privación de la libertad para que el exvicepresidente continúe cumpliendo lo que le queda de condena, mas no que se lo deje en libertad o se le levanten las penas definidas.

Glas, en la audiencia del miércoles último, volvió a recordar las al menos nueve enfermedades que mantiene y por las que toma hoy en día hasta 45 pastillas. La espondilitis anquilosante sería una de las más graves y mantendría alucinaciones visuales y auditivas.

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El sentenciado por delitos como cohecho, asociación ilícita y peculado pidió a los jueces que no le ordenen el uso de grillete electrónico, pues tiene propuestas de trabajo en instituciones superiores, y que le den movilidad nacional. Que está dispuesto a cumplir una presentación periódica o la prohibición de salida del país.

El sorteo de este habeas corpus se realizó en Quito, debido a que Glas fue trasladado a la Cárcel 4, la noche del 20 de mayo pasado, luego que de forma unánime en apelación los jueces de la Corte provincial de Santa Elena Silvana Caicedo, Kléber Franco y Juan Camacho determinaron la nulidad de todo lo actuado por el juez de Manglaralto Diego Moscoso.

Este juez, un mes antes, había ordenado como parte de un habeas corpus en Santa Elena que el exvicepresidente salga del Centro de Privación de la Libertad de Cotopaxi y se presente periódicamente. Los jueces provinciales anularon esa decisión y dispusieron que Glas cumpla con las penas de prisión de seis y ocho años dispuestas por la Corte Nacional.

Defensa de Jorge Glas asegura que se ‘adhirieron’ al ‘habeas corpus’ de otro debido al empeoramiento del estado de salud del exvicepresidente

Junto a la decisión de nulidad la Sala de Apelación de Santa Elena dispuso que Glas regrese al Centro de Cotopaxi, en Latacunga, y que el habeas corpus que planteaba sea analizado en esa jurisdicción. Por temas de seguridad el SNAI decidió trasladar al condenado de Cotopaxi a Quito.

El expediente del habeas corpus nulitado en Santa Elena fue enviado hasta la Unidad de Garantías Penitenciarias de Cotopaxi, pero a finales de mayo pasado la jueza de Latacunga Gabriela Sánchez indicó que ya no es competente para resolver el habeas corpus, lo inadmitió al no encontrarse Jorge Glas privado de la libertad en su jurisdicción y remitió el habeas corpus a la Sala de Sorteos de Quito. (I)

Otros habeas corpus solicitados

1.- Noviembre del 2017. Un Tribunal de la Corte Nacional de Justicia negó el recurso de habeas corpus, en el que se argumentaba que la orden de prisión preventiva era “ilegal e ilegítima” y se pedía su inmediata libertad.

2.- Octubre del 2018. Un juez de Latacunga (Cotopaxi) declaró sin lugar al habeas corpus contra el director del CPL de Cotopaxi.

2.1.- Diciembre del 2018. Un Tribunal de la Corte de Cotopaxi en fase de apelación aceptó parcialmente el habeas corpus presentado en octubre del 2018.

3.- Junio del 2020. Un juez de Latacunga negó el recurso de habeas corpus planteado ante un riesgo de Jorge Glas a contraer COVID-19 ante un deterioro de su salud. (I)