Aunque fueron 18 las organizaciones políticas nacionales que participaron en los comicios del 7 de febrero con candidatos para las dignidades de binomio presidencial, asambleístas nacionales y del exterior, y parlamentarios andinos, en el Consejo Nacional Electoral (CNE) constan solamente los informes del gasto de la campaña electoral de nueve de ellas.

El gasto electoral corresponde a los ingresos privados para los partidos, movimientos y alianzas electorales en periodo de campaña proselitista.

En cumplimiento del artículo 90 del Código de la Democracia, el CNE implementó el Sistema Contable del Financiamiento a la Política, para que las organizaciones y los sujetos políticos registren de manera obligatoria su Plan de Cuentas.

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Esta información es pública y se reportará en lapsos continuos de máximo quince días, cita la norma.

En la tercera quincena fechada al 21 de enero, fueron nueve las agrupaciones políticas que registraron esta información de las diferentes dignidades electas como binomio presidencial, asambleístas nacionales y del exterior, y parlamentarios andinos.

Y de este número, tres que participaron con binomios reportaron cero ingresos y gastos: Juntos Podemos, Unión Ecuatoriana y la Alianza Honestidad.

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La alianza Unión por la Esperanza (UNES) reportó informes de binomio presidencial y parlamentarios andinos; Alianza PAIS (AP), de las cuatro dignidades; Democracia Sí, de las cuatro dignidades; Unidad Popular (UP) lo hizo de asambleístas nacionales y parlamentarios andinos, pues no presentó candidato presidencial.

Pachakutik, de tres dignidades, y el Partido Social Cristiano (PSC), de tres dignidades, porque fue en alianza con el movimiento CREO para las presidenciales.

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No constan los informes de Amigo, la Izquierda Democrática (ID), Creando Oportunidades (CREO), Avanza, SUMA, Construye, Partido Sociedad Patriótica (PSP) y Fuerza EC.

El CNE registra en su portal tres reportes: la primera quincena al 22 de diciembre, la segunda al 6 de diciembre y la tercera al 21 de enero.

En una primera evaluación que se publicó del 22 de diciembre con corte al 13 de enero, se informó que el 51,81% no presentó sus informes y el 48,19% sí lo hizo. Y de los informes del presupuesto total para la campaña (en cuanto al gasto), el 45,78% no lo reportó y el 54,22% sí lo hizo.

Uno de los ítems que deben reportar los sujetos son sus aportantes y si lo hacen en especie o numerario (dinero en efectivo).

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En el último reporte de la tercera quincena, los informes presentados de un periodo del 7 al 21 de enero en el caso de los presidenciales, UNES tuvo 486 aportantes que sumaron un ingreso de $ 574.415; y tienen gastos por más de $ 600.000.

AP tiene ingresos por $ 14.247 y seis aportantes. Uno de ellos, la candidata Ximena Peña, que dio $ 1.400 y $ 2.000 para camisetas y afiches.

Un ciudadano le aportó con recursos para promoción en Facebook.

Democracia Sí, cuyo candidato fue Gustavo Larrea, tiene ingresos por $ 1.350 por aportes de dos personas y gastos por $ 27.

Pachakutik (PK), que auspició a Yaku Pérez Guartambel, tiene ingresos por $ 40.959 con aportes de casi una docena de personas.

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Pérez aportó con $ 5.500 para alquiler de equipos de audio; y otros $ 22.000 para la compra de mascarillas.

El movimiento informó de gastos por $ 40.000.

Y otras tres candidaturas: Juntos Podemos con Paúl Carrasco, Unión Ecuatoriana con Giovanny Andrade y, la alianza Honestidad con César Montúfar, informaron de cero ingresos y gastos.

Del movimiento CREO, por ejemplo, se indicó que la información sí ha sido remitida al Consejo y que se desconoce por qué no está publicada.

Para estos comicios, el CNE aprobó un límite del gasto electoral privado para los candidatos presidenciales de $ 5′239.660; para asambleístas nacionales de $ 3′929.745 y de parlamentarios andinos por $130.991.

El artículo 230 del Código da un plazo de 90 días, después de cumplido el acto de sufragio, para que se liquiden los valores de ingresos y egresos; si no lo hace en ese periodo, el CNE requerirá a los responsables del manejo económico y a los candidatos para que entreguen dicha información en un plazo máximo de quince días. (I)