El Consejo Nacional Electoral (CNE) anuló 6.298 cambios de domicilio al no verificarse el lugar de residencia, la vinculación laboral o familiar de los solicitantes.

El pasado 14 de mayo concluyó el plazo para que la ciudadanía solicite cambios de domicilio como parte de la elaboración del Registro Electoral para las elecciones seccionales y de los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), que se realizarán el 5 de febrero de 2023, y de acuerdo con el CNE, se contabilizaron 375.511 pedidos a nivel nacional.

Esto entró en un proceso de verificación y validación, de acuerdo con el reglamento para ese efecto, del que se desprendió que 6.298 cambios no pudieron confirmarse y quedaron anulados.

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Elecciones seccionales: cambios de domicilio en el radar del Consejo Electoral y de los grupos políticos

La decisión se tomó en una plenaria del Consejo Electoral, realizada la noche de este 20 de mayo, con el voto afirmativo de los consejeros José Cabrera, Enrique Pita, Esthela Acero y Diana Atamaint. La consejera Elena Nájera no participó por asuntos personales que debía atender.

José Cabrera dio su voto a favor de este informe, pero recordó que el CNE se reserva el derecho de iniciar las acciones legales en el caso de aquellos cambios que puedan inducir al error a la autoridad electoral.

Por su parte, el vicepresidente Enrique Pita, si bien apoyó el informe técnico, pidió explicaciones a la presidenta Atamaint porque el director provincial de la delegación electoral del Guayas, John Gamboa, habría manifestado que en la verificación de estos cambios hubo “fines políticos”.

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Pita le aclaró a Atamaint que había sido ella por su iniciativa la que dispuso la verificación de los cambios de domicilio, mas no una decisión de otro consejero o del pleno. En esa línea, le llamó la atención la declaración de Gamboa, porque implicaría que la presidenta tendría una intencionalidad política al haber dispuesto esta validación.

“Si dentro de casa estamos permitiendo que funcionarios se permitan hacer estos juicios de valor, nosotros entonces, como autoridades, no estamos cumpliendo nuestra tarea”, lamentó Pita.

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Expresó su preocupación porque se registró duplicidad de cambios de domicilio de forma presencial y virtual; y que, en jurisdicciones como Balzar, en Guayas, se reportó esta actividad el 31 de marzo, el 4, 5 y 6 de abril, antes de que se inicie la campaña, y pese a que hubo cambios duplicados, no fueron motivo de verificación.

Los votos de los candidatos a ser vocal del Consejo de Participación Ciudadana se escrutarán al final de la elección de febrero del 2023

Atamaint aclaró que no existe ninguna intencionalidad político-partidista en la verificación de los cambios de domicilio, y que al contrario, los procesos se realizan con transparencia.

El reglamento de cambios de domicilio establece que, en el caso de que en una parroquia se supere el 10 % del total de personas que se encuentran en el Registro Electoral de la circunscripción o por alguna solicitud de verificación presentada por escrito ante el Consejo, “se efectuará el trabajo de campo para validar y verificar que dichos cambios correspondan a las direcciones domiciliarias consignadas en los comprobantes de cambio de domicilio”.

Si se observa que se superó el 10 % de lo permitido, los departamentos técnicos, en un plazo de cinco días, deben emitir un informe que valide o no la solicitud ciudadana y será puesto en consideración del pleno para su resolución.

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Si no se justifica, se podrá disponer que se mantenga el domicilio electoral anterior del solicitante. Ello, incluso, puede “acarrear acciones legales para sancionar a los responsables de inducir a error a la autoridad electoral”, precisa la normativa. (I)