Como exsecretaria de la Asamblea Nacional Libia Rivas conoce a profundidad sobre técnica legislativa y derecho parlamentario: desde cómo elaborar leyes, presentar mociones para votar, la diferencia entre reconsideración y rectificación, hasta las atribuciones y competencias de los legisladores en el ejercicio de sus funciones. Por eso no duda en señalar que el actual Parlamento ha cometido una serie de errores y omisiones que han abonado a que se deslegitime. Esto se debe, en principio, al desconocimiento y a la falta de información de los legisladores, que en su mayoría son nuevos; pero también a cálculos políticos. Sin embargo, cree que hay que tenerles un poco de paciencia y darles tiempo para que vayan empapándose de estos temas. Total, todavía tienen tres años más para hacerlo.

A lo largo de este primer año de trabajo de la Asamblea se ha visto mucha improvisación de los legisladores en cuanto a la práctica legislativa; no saben o se equivocan al votar, elevan consultas a órganos externos, plantean demandas judiciales… ¿Qué les pasó?

Primero hay que considerar que los actuales legisladores se inauguraron con las reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa aprobadas en el anterior periodo legislativo y que les tocó aplicar a ellos. Hubo cambios en el procedimiento legislativo y en el de fiscalización. Le doy algunos ejemplos. En legislación, en el periodo anterior el ponente, que era el presidente o vicepresidente de la comisión especializada, era quien tomaba la decisión del texto final de votación; con la reforma ya no es el ponente, sino que el texto tiene que regresar a la comisión, recoger las observaciones y presentar una alternativa de nuevo texto al pleno, y si aún ese texto no es satisfactorio, el ponente puede plantear un tercero. También hay reformas que apuntaban a mejorar la calidad de los textos, aumentaron los requisitos, como poner en la exposición de motivos indicadores y cifras que luego permitan verificar que los objetivos que perseguía esa ley se han cumplido. En la calificación de los proyectos ya no solo se revisan los requisitos previstos en la Constitución, sino que exige del Consejo de Administración Legislativa análisis adicionales, y ahora la Unidad Técnica Legislativa (UTL) cumple un rol fundamental en el proceso legislativo, sus informes no son vinculantes pero sí son orientadores… Otro elemento importante en las reformas es la creación de la Unidad de Seguimiento y Evaluación de la Ley, que depende de la UTL, que está apoyando a ciertas comisiones a verificar si las leyes cumplen el objetivo…

Publicidad

Y en el ámbito de fiscalización les ha tocado vivir otra reforma: el hecho de que la Comisión de Fiscalización ya no tiene la decisión final en torno a los juicios políticos, sino el pleno, por eso hemos visto es que ha habido casos en que la mesa ha recomendado el archivo y en el pleno deciden que continúe...

¿Y han comprendido estos cambios? ¿Qué fallas ve?

Veo omisiones en el ejercicio de las atribuciones de la Asamblea tanto en el marco de la Ley Orgánica de la Función Legislativa como en el derecho parlamentario; así, por ejemplo, tienen complicaciones para presentar adecuadamente las mociones. Tienen errores al momento de tomar las votaciones respecto de las mociones de reconsideración y rectificación, hay confusión entre lo que una y otra significan…

Publicidad

Un ejemplo de esto lo vimos cuando se dio la votación del proyecto urgente de reforma tributaria: aparentemente se confundieron al abstenerse con la moción de archivo…

Sí, en el tema de manejar el archivo de las leyes económicas urgentes hubo una dificultad inicial con la reforma tributaria (pasó por el ministerio de la ley), pues querían pasar del informe de mayoría al de minoría y al archivo... pero creo que luego esto ya se superó con la ley de inversiones (que sí se archivó). Pero en definitiva las mociones sí revisten cierta complejidad en el pleno porque veo que no se comprende en qué consisten la rectificación y la consideración.

Publicidad

También vemos que ha sido frecuente que los legisladores pidan informes jurídicos para ejercer su atribución de interpretar las leyes; primero, que estas competencias no son de la Dirección Jurídica sino del secretario general que está llamado a orientarlos en el ejercicio del procedimiento legislativo y de fiscalización; y luego, que no hace falta informe, pues ellos podrían interpretar directamente la ley. Recientemente, por ejemplo, hubo un pedido de informe en torno a cómo debía ser interpretada la reconsideración de una moción que se votó mal en el proceso del juicio político del procurador general. Finalmente, el tema regresó a la Comisión de Fiscalización.

El punto es que el pleno vota sobre la base de mociones que tienen que estar bien elaboradas, deben tener claridad sobre cuál es la finalidad: si es para aprobar, archivar, reconsiderar o rectificar. Todo gira en torno a la correcta aplicación del derecho parlamentario. Otro ejemplo, en el tema de la apelación a la presidencia de Guadalupe Llori por parte de Esteban Torres, vimos que se estaba exigiendo como requisito que la apelación esté registrada en el sistema. Pero la apelación no es una moción, es un mecanismo de llamado al orden, que siempre ha sido de viva voz, y que surge cuando hay un vicio en el procedimiento y por eso se impugna la presidencia, finalmente tuvo que registrarse. Creo que el problema es que se están dando malos precedentes en la práctica parlamentaria. A estas alturas los legisladores ya deberían tener claro cuál es la forma de ejercer sus atribuciones y competencias no solo de manera personal, sino dentro de las comisiones.

¿Estos errores se dan por desconocimiento, falta de formación o son estrategias políticas?

Creo que es por desconocimiento y falta de información. La secretaría general debe tener un rol fundamental y apoyar a los legisladores orientándolos de forma adecuada.

Publicidad

Pero parece que el secretario se ha dedicado más a defender jurídicamente a la presidenta que a dar soporte a los legisladores…

No sabría decirle cuáles son las temáticas que maneja actualmente el secretario, pero debería tener una labor de asesoría permanente a los legisladores para que no cometan estos errores. Como le decía, los legisladores son los que deben interpretar directamente la ley y no solicitar estos informes jurídicos. Pareciera que ellos mismos se autolimitaran en su ejercicio legislativo.

¿Elevar a la Corte Constitucional el análisis del veto del Ejecutivo a la ley del aborto fue autolimitarse?

Por ejemplo, en ese caso, los expertos en temas legislativos dijeron que los asambleístas tenían solo dos opciones: allanarse o ratificarse. Haber remitido el veto a la CC es un desconocimiento de las competencias de la Asamblea Nacional. Lo que hacen estas decisiones es deslegitimar su accionar. Los legisladores deben tener una capacitación permanente, obviamente el ejercicio de la política es uno, pero en estos procesos de formación de la ley hay una serie de procedimientos y etapas que tienen que observarse, aplicar…

La presidenta de la Asamblea ha recurrido a acciones judiciales para echar abajo la votación de sus colegas que aprobaron la conformación de la comisión pluripartidista que la evaluará cuando la norma dice que no tienen responsabilidades civiles o penales por sus actuaciones legislativas. ¿Ella tampoco conoce la ley?

Todos los legisladores tienen inmunidad parlamentaria, es decir, no tienen responsabilidad civil o penal por los actos que realicen o las decisiones que tomen en el ejercicio de sus funciones. ¿Cuándo se pierde? Cuando la Corte Nacional de Justicia, que es el juez natural de la Asamblea, solicita al pleno que se autorice el levantamiento de aquella para que un legislador sea vinculado a un proceso penal. Tenemos, por ejemplo, casos de legisladores que han pedido dinero a sus colaboradores, que han terminado perdiendo su curul y enfrentando procesos penales, en algunos el pleno autorizó el levantamiento de la inmunidad y en otros no se pronunció y con ello dio paso a estos procesos, porque lo que hicieron nada tenía que ver con sus funciones. A mi juicio, este pedido de investigación de la señora Llori contra los 93 asambleístas que aprobaron la comisión no tiene sustento jurídico alguno, yo creo que en el momento procesal oportuno la señora fiscal terminará archivando la denuncia.

Entonces esto sí fue una estrategia política…

Nunca se ha visto que una autoridad mueva todo un aparataje judicial para seguir en su cargo. No se dónde vamos a parar. Es una situación grave la que vive la Asamblea Nacional.

¿Cree que la Asamblea busca que otras funciones o instituciones del Estado resuelvan sus problemas políticos internos?

Sí, y no solo es con la Función Judicial. La propia Presidencia de la Asamblea recurre al procurador general para que le diga cómo se debe interpretar la Ley de la Función Legislativa aprobada por la misma Asamblea. Yo entendería que lo haga con otras leyes, pero no con la propia. La Asamblea no está asumiendo su rol. No sé por qué no lo hace.

¿Un año es suficiente para entender cómo funciona la Asamblea?

La Función Legislativa tiene mucha complejidad, no es lineal. Tiene picos y bajas en el trámite de leyes, de juicios políticos, de pedidos de información, en la relación con el Ejecutivo… Por ello deben tener el apoyo de su equipo, de los servidores administrativos. Los legisladores todos los días tienen retos. El tema es que deben estar preparados, en su equipo, en su bancada, en sus mismos partidos políticos.

Habría que pensar en una forma de evaluar el trabajo de los asesores. Muchos no están ahí para dar soporte sino en pago de favores políticos…

La ley dice que los legisladores pueden tener asesores y asistentes, cómo los elijan eso ya depende de ellos. Muchos de los perfiles de los asesores deberían estar enfocados en la comisión a la que pertenece el asambleísta, y esto obviamente es también una responsabilidad de los partidos y movimientos políticos para que tengan el personal más idóneo. Muchos de los asambleístas son nuevos, quizás haya que darles más tiempo, tienen tres años para adquirir destrezas, habilidades, conocimientos, experiencia. (I)