Una vez que se declaró la nulidad procesal de todo lo actuado a partir del pedido para formulación de cargos dentro del proceso penal por el delito de peculado en el caso Singue, la defensa del expresidente Jorge Glas, Édison Loaiza, solicitará formalmente la unificación de penas al director del Centro de Rehabilitación Social (CRS) de Varones n.º 2, más conocida como Cárcel 4, en Quito. Se anunció que el pedido se haría este viernes 11 de noviembre, pero hasta el cierre de esta nota no se concretaba la acción.

Loaiza refiere que hará el pedido al sistema de garantías penitenciarias, pero aún los jueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), Luis Rivera, Daniella Camacho y Felipe Córdova, no han emitido su sentencia fundamentada por escrito. Esta es la que dará pie a los recursos de ampliación y aclaración que han anunciado interpondrán la Fiscalía y la Procuraduría General, quien fue la acusadora particular en la causa.

El abogado del hombre fuerte de los sectores estratégicos del correísmo tiene claro que ante la nulidad resuelta no cabe recurso alguno para revocarla y tampoco variará en el fondo si se piden ampliaciones o aclaraciones desde la parte acusadora. Lo único que hará este tipo de acciones, cree, es alargar el tiempo, pues los jueces deben responder, para que la decisión adoptada de forma unánime por Rivera, Camacho y Córdova quede en firme.

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Caso Singue: Tribunal anula sentencia contra Jorge Glas

La situación legal del caso Singue se transformó en la mayor traba para que Glas acceda al beneficio penitenciario de la prelibertad, el cual ha sido siempre el fin último de solicitar la unificación de las penas ejecutoriadas de seis años de prisión por asociación ilícita, dentro del caso Odebrecht, y de ocho años de cárcel por el delito de cohecho pasivo agravado, parte del proceso penal conocido como Sobornos 2012-2016.

A Glas, en dos ocasiones anteriores, jueces de Garantías Penitenciarias de Cotopaxi le negaron los pedidos de unificación de penas, argumentando que son improcedentes mientras el exvicepresidente de Rafael Correa mantenga dos sentencias en firme: Odebrecht y Sobornos, y tenga pendiente una sentencia que no se encontraba ejecutoriada en el caso Singue.

El efecto práctico de la declaratoria de nulidad procesal en Singue es que la pena por peculado definida para Glas –ocho años de cárcel como coautor– se anula e incluso se levantan la orden de prisión preventiva, la enajenación de bienes y la retención de cuentas. Al no existir sentencia, explica Loaiza, ya no hay el impedimento jurídico que se exponía para proceder con la unificación de penas.

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El exasambleísta de la Revolución Ciudadana Fausto Jarrín, quien renunció a su cargo para asumir nuevamente la defensa de sus “compañeros perseguidos”, entre ellos Glas y Correa, calificó al caso Singue como una más de las “barbaries jurídicas” que se generaron en el gobierno de Lenín Moreno. Piensa que lo único que se ha hecho en este momento es actuar en derecho y hacer algo que se debió dar desde el principio del proceso.

Tanto el propio Jorge Glas en diversas audiencias de habeas corpus, como sus abogados defensores en entrevistas han asegurado que el no haberse dado paso a la unificación de penas le ha impedido al ex segundo mandatario desde hace más de 22 meses acceder al beneficio penitenciario de prelibertad. Han dicho que el 14 de diciembre de 2020 se cumplió el 40 % de la pena, uno de los requisitos para la prelibertad.

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Loaiza asegura que de haberse unificado las penas, su defendido debió haber salido de la cárcel bajo el régimen de prelibertad a finales del 2020, al cumplir el 40 % de la sentencia más alta de las dos que tiene en firme, es decir, ocho años.

Tanto el abogado ya fallecido Harrison Salcedo como Loaiza han pedido la prelibertad y no el régimen semiabierto, pues se alega que Glas fue sentenciado con el Código Penal anterior y no con el Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente.

En relación con la nulidad declarada, el legislador independiente Fernando Villavicencio recordó que hace más de un mes alertó de que había un “acuerdo político” entre las fuerzas que controlan la Asamblea Nacional y de quienes controlan hoy la CNJ para declarar la nulidad en el caso Singue.

“Este es un lavado de manos. (...) Que quede claro que aquí no se ha declarado inocente ni a Jorge Glas ni a Wilson Pástor, se está declarando la nulidad y el caso va a continuar. Yo mismo me empeñaré en entregar nueva información a la Fiscalía para confirmar que la entrega del campo Singue (...) significó y significa para el Estado ecuatoriano un millonario perjuicio y un acto ilegal”, anotó.

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Latacunga 10 de abril 2022. Jorge Glas sale de la cárcel de Latacunga. API Foto: El Universo

El presidente de la Sala de Apelación, Luis Rivera, señaló que queda a salvo la potestad que asiste a la Fiscalía General, como titular del ejercicio de la acción penal pública, para iniciar el proceso penal pertinente, pero “sobre la base de los elementos de convicción distintos a aquel que ha sido declarado nulo y para este caso que hayan sido recabados en la fase preprocesal de investigación previa 47-2017″.

Frente a los señalamientos hechos contra el actual presidente de la Corte Nacional, Iván Saquicela, por su participación como juez en el caso Singue, el líder del más alto órgano de justicia ordinaria del país respondió que él llamó a juicio por considerar que existían presunciones del delito de peculado, presunciones que es lo que corresponde a esa etapa procesal.

Sin embargo, recordó, el Tribunal Contencioso Administrativo de Quito con posterioridad determinó que la Contraloría realizó el informe que señalaba irregularidades en la contratación petrolera del campo Singue fuera del plazo previsto en la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, por lo que declaró que es ilegal.

Jorge Glas llega a los cinco años de cárcel con tres condenas por actos de corrupción; la unificación de penas para conseguir la prelibertad sigue en la mira

“De acuerdo a la ley de ese entonces era indispensable para el desarrollo del proceso penal la existencia del informe de Contraloría que determina indicios de responsabilidad penal (IRP) que ya no existe jurídicamente. (...) No se trata de denunciar o hacer show político, que eso es lo que repudia la ciudadanía, sino que la lucha contra la corrupción debe darse en el marco jurídico, así como lo he hecho con valentía, seriedad y patriotismo, llamando juicio o condenando en el caso Sobornos”, aclaró Saquicela.

Loaiza tiene claro que luego de que presente el pedido, el director de la Cárcel 4 deberá adjuntar todos los certificados antes de remitir la causa a un juez de Garantías Penitenciarias de Quito, ciudad en la que se encuentra el CRS al que fue trasladado Glas el 21 de mayo pasado desde la cárcel de Cotopaxi. La decisión de unificar las penas y la posterior prelibertad deberán tomarse luego de realizada una audiencia. (I)