La Comisión de Fiscalización recibió a cinco juristas en materia laboral dentro de la acusación política que procesa en contra del ministro del Trabajo, Andrés Isch, acusado de incumplimiento de funciones en el conflicto laboral de la fábrica Explocen; la aplicación del artículo 169 numeral 6 del Código del Trabajo para despidos por fuerza mayor o caso fortuito; y, la no fijación del salario básico unificado en 2021.

Para este 3 de marzo, a las 15:00, está prevista la comparecencia del ministro de Defensa, Oswaldo Jarrín, y del defensor del Pueblo, Freddy Carrión, quienes también expondrán su posición frente al caso Explocen, que es una de las siete acusaciones que enfrenta el secretario de Estado.

El funcionario también está acusado de negarse a entregar información y omitir el registro de prohibición de ejercer cargo público de la exministra de Gobierno María Paula Romo, censurada y destituida por la Asamblea Nacional.

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Convocados a comparecer en el proceso del juicio político en contra del ministro del Trabajo

La jurista Angélica Porras, en su exposición, afirmó que los funcionarios del Ministerio del Trabajo actuaron parcializados frente al problema laboral de la empresa Explocen, lo cual es una violación de la normativa, y tampoco el ministro Andrés Isch corrigió las acciones realizadas por los funcionarios en contra de los derechos de los trabajadores a la huelga.

Porras expuso todo el proceso judicial que se siguió en el caso del despido de cinco trabajadores de Explocen sin indemnización y además el reclamo respecto al derecho a la huelga. Así como la reducción de la jornada laboral y de remuneración de forma retroactiva tras la declaratoria de la huelga. Que también se advirtió de la militarización de la fábrica que impidió que ingresen los trabajadores, pero que tampoco hubo un pronunciamiento del Ministerio del Trabajo.

Incluso señaló que hubo varios intentos de solución en el tribunal de arbitraje y conciliación, pero que el ministro designó a Shariam Moreno, viceministra del Trabajo, para que lidere las negociaciones con el Comité de Empresa y el Issfa, y que la funcionaria alteró varias veces las actas que contenían los acuerdos alcanzados con los trabajadores y la empresa.

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Despidos por fuerza mayor o caso fortuito

Carlos Vallejo, abogado laboral, afirmó que durante la pandemia se despidió a más de 100.000 trabajadores a nivel nacional, de los cuales 5.000 fueron del sector florícola de Pedro Moncayo, aduciendo la causal de fuerza mayor o caso fortuito.

Esta es una de las acusaciones planteadas en contra del ministro del Trabajo, que según las interpelantes Marcela Holguín y Marcela Aguiñaga (RC), el funcionario se arrogó funciones y malinterpretó lo que la Asamblea Nacional aprobó en la Ley Humanitaria, que los despidos por caso fortuito o fuerza mayor estarán ligados al cese total y definitivo de la actividad económica del empleador.

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El jurista Vallejo afirmó que las personas despedidas fueron las de mayor antigüedad laboral, que estaban cerca de recibir la jubilación patronal, mujeres embarazadas o en el periodo de lactancia y personas con discapacidad o con enfermedades catastróficas.

Explicó que al aplicarse el artículo 169 numeral 6 del Código del Trabajo, que fue interpretado en la Ley Humanitaria, ha generado que las personas pierdan toda su antigüedad y estabilidad, y no reciban ninguna indemnización laboral ni desahucio ni despido intempestivo. Que cerca del 50% de los trabajadores despedidos fueron obligados a firmar renuncias voluntarias.

Otro de los problemas detectados es que los empleadores donde se presentaron las renuncias estaban en mora patronal por más de seis meses en los pagos con el IESS pese a que todos los meses se descontaban de sus sueldos los aportes y créditos. Y eso afectó a muchos a que no puedan acogerse al seguro del desempleo.

Vallejo indicó que el ministro del Trabajo incumplió sus funciones porque no ha realizado, en el caso de las florícolas, ninguna inspección focalizada o integral a las empresas que aplicaron la causal contenida en el artículo 169 numeral 6 del Código del Trabajo.

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Que tampoco se ha impuesto de parte del Ministerio del Trabajo una sola multa a las empresas que aplicaron indebida y arbitrariamente la causal de fuerza mayor, como lo son todas las empresas florícolas del país, pese a que se han presentado miles de denuncias a nivel nacional.

Tampoco, añadió Vallejo, se ha entregado información de las acciones realizadas por el Ministerio del Trabajo para garantizar el pago de las liquidaciones laborales a los trabajadores despedidos en forma ilegal por la causal de fuerza mayor o caso fortuito.

También el jurista José Álvarez fundamentó la arrogación de funciones del ministro del Trabajo al interpretar lo aprobado por la Asamblea Nacional a través de la Ley Humanitaria que legisló los casos en que funcionaría la causal de despido por fuerza mayor o caso fortuito.

Fijación del salario básico unificado

Cristóbal Buendía, jurista laboral, se refirió al incumplimiento de funciones del ministro del Trabajo en la fijación del salario básico unificado para el 2021, y dijo que existe una clara violación al Código del Trabajo, donde se determina que la revisión anual del salario básico se realizará con carácter progresivo hasta alcanzar el salario digno de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución.

Sin embargo, el secretario de Estado ha mantenido el silencio frente a los reclamos realizados, afirmó Buendía, quien dijo que no solamente no se subió el salario en el presente año, sino que se atropelló el derecho que tiene el trabajador que es su remuneración y alcanzar la dignificación de sus condiciones de vida. (I)