El juez de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) Walter Macías, la mañana de este martes, resolvió que sí existe una violación del procedimiento y declaró la nulidad procesal desde el primer día de la vinculación a la instrucción fiscal por el delito de concusión en el que son procesados la exasambleísta Karina Arteaga, su esposo, John Arturo Álava, y Jenny Muñoz, exfuncionaria de la Asamblea.

Con la decisión no se declara nula la audiencia de vinculación en la que se incorporó al proceso a Álava y Muñoz, ni tampoco se declaran nulas las medidas cautelares dictadas por el entonces juez de la Sala Penal de la Corte Nacional David Jacho sobre ambos, sino que se resuelve declarar una nulidad procesal por el “plazo irracional y fuera de contexto jurídico y normativo” de quince días que aplicó Jacho en un método de ponderación que, dijo Macías, ni siquiera es aplicable a la causa.

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A lo que se refería el juez Macías es que se violentó el derecho legal de los dos vinculados a tener 30 días luego de la audiencia respectiva para ejercer su defensa, pero en lugar de ese tiempo, el cual consta en la parte final del artículo 592 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el juez que estaba a cargo de la causa hizo una ponderación desde su perspectiva y solo les otorgó quince días.

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La audiencia de vinculación contra Álava y Muñoz se dio el 8 de enero pasado y los 120 días de instrucción fiscal se cerraron el 23 de enero siguiente, es decir, quince días después de las vinculaciones. Lo que se aclaró por parte de Macías es que ejecutoriado este auto de nulidad empiezan a correr los 30 días de plazo de instrucción fiscal que corresponden a la vinculación que fue dada en enero pasado.

La resolución oral la entregó el juez Macías en la reinstalación de la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio convocada la tarde del lunes último. En la primera jornada de audiencia el juez escuchó las nulidades expuestas por las defensas de quienes son procesados y las réplicas de la Fiscalía, la acusación particular y las tres víctimas.

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Macías resolvió rechazar las alegaciones de nulidad planteadas por las defensas de Arteaga y Álava por una supuesta indebida acumulación de denuncias, así como también no dio paso a la alegación hecha por las tres defensas por una presunta obtención ilegal de videos dentro de la causa. El juez únicamente aceptó la nulidad planteada por Patricio Escandón, abogado de Muñoz, quien alegó que se violentó el derecho a tener el tiempo suficiente para defenderse en la etapa de instrucción fiscal.

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Respecto a las costas incurridas por esta nulidad declarada lo que corresponde, explicó Macías, es imponerlas al juez David Jacho, quien sustanció la audiencia de vinculación a la instrucción fiscal y dictó la resolución de extensión de la instrucción fiscal de solo quince días. Pidió que se le notifique al juez para que él ejerza su derecho constitucional de impugnación.

Inicialmente a cargo del caso estaba el juez nacional David Jacho, pero debido a la renovación parcial que se dio dentro de la CNJ, la causa quedó en manos del juez Macías.

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La teoría de Fiscalía señala que en este caso Arteaga en calidad de legisladora habría exigido aportaciones indebidas a sus colaboradores en la Asamblea a través de terceros. La Fiscalía mantendría elementos de convicción que revelarían que Arteaga, en 2018, dijo a su personal que podían conseguir un empleo, pero con un aporte de su remuneración mensual.

De ello existirían depósitos hechos en la cuenta del esposo de la entonces asambleísta por aproximadamente $ 31.000.

El fiscal subrogante Wilson Toainga en la audiencia en la que se vinculó a Álava, en enero pasado, explicó que existen elementos que indicarían que él y Muñoz habrían recibido transferencias realizadas por el personal del despacho de Arteaga, quien a la época era asambleísta por la provincia de Manabí.

En mayo de 2019, Verónica Pinargote, excolaboradora de Karina Arteaga, acudió a la Fiscalía a denunciar que su exjefa le exigió aportes mensuales que sumaron un total de $ 2.861 a cambio de mantenerla en su puesto de trabajo como asesora. Según la denunciante, el dinero exigido habría sido “depositado mensualmente en una cuenta bancaria a nombre del cónyuge de la entonces asambleísta, para cubrir una cuota por la adquisición de un vehículo y otros gastos personales”. (I)

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