Varias han sido las iniciativas ciudadanas para extinguir el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) o quitarle sus atribuciones de designar autoridades de control, que no han tenido resultados. La idea resurge con la propuesta del presidente Guillermo Lasso para convocar a una consulta popular que sea incorporada en las elecciones seccionales del 2023.

El jefe de Estado reiteró el pasado martes su intención de proponer una consulta popular para, entre otros temas, modificar las atribuciones constitucionales del Consejo de Participación Ciudadana, que podría realizarse en las elecciones seccionales de febrero del 2023, en las que también se elegirá a los siete vocales de dicho organismo.

El vicepresidente del Consejo, David Rosero, consideró que hay problemas más importantes del país, como la generación de empleo, contrarrestar los efectos de la pandemia, entre otros. No obstante, ve “prematuro” analizar este anuncio, mientras no se consolide la propuesta.

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“Nosotros estamos abiertos a poder conversar. En todo caso, la alternativa es que esto pase a la Asamblea Nacional si es una enmienda constitucional, en donde hay una composición compleja”, expresó Rosero.

Desde el 2019 se han planteado al menos cinco pedidos de dictamen de constitucionalidad a la Corte Constitucional (CC) para convocar a plebiscitos para eliminar al Consejo de la estructura del Estado o que se le retiren las atribuciones de designar autoridades de 19 instituciones del Estado y que estas pasen a la Asamblea Nacional.

Corte Constitucional resuelve que Asamblea cumplió trámite para reforma parcial a la Constitución y cierra posibilidad de un referéndum

“Está usted de acuerdo en que se suprima al Consejo de Participación Ciudadana?” o “Está de acuerdo en eliminar los numerales 9, 10, 11 y 12 del artículo 208 de la Constitución de las atribuciones del Consejo para designar autoridades y que vuelvan a la Asamblea Nacional” se recogen en las propuestas de colectivos ciudadanos hechas a la Corte y que no tuvieron dictamen favorable.

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Una que logró cumplir con todas las fases fue la propuesta del Comité por la Institucionalización Democrática, que recogió más de 300.000 firmas ciudadanas que fueron calificadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), para convocar a un referéndum y reformar parcialmente la Constitución y eliminar al CPCCS.

Pero cuando pasó al Parlamento para su trámite en dos debates, no hubo los votos para ser aprobada.

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La Corte refrendó la decisión legislativa y el 15 de septiembre de 2021 declaró que sí se cumplió con el dictamen constitucional, específicamente sobre el procedimiento de reforma. Y la iniciativa murió y se archivó.

Darwin Seraquive, integrante de este Comité, observó que el Ejecutivo aún no aclara si planteará una reforma parcial a la Constitución o una enmienda.

Pero, en el caso de que busque una reforma, ve difícil contar con la “voluntad” de los asambleístas; y, si se plantea una enmienda para cambiar las facultades del CPCCS y pasarlas a la Asamblea, Seraquive cree que los ciudadanos no la aprobarían por la baja credibilidad que tiene esa Función.

“Creería que sí hay tiempo para hacer una reforma constitucional y plantear lo que el presidente propuso en la campaña como es eliminar el Consejo. De lo contrario, si elimina sus funciones, que estas vayan a una Asamblea restructurada, lo que el pueblo podría apoyar, y se podría hacer porque no se está eliminando ningún órgano”, opinó.

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El Legislativo en enero del 2021 trató una enmienda al artículo 120 de la Constitución para que retomar su atribución de designar a autoridades, pero tampoco fue aprobada.

Una de las ofertas de campaña de Lasso en su camino a la Presidencia de la República fue promover una consulta para eliminar al Consejo. Al llegar al cargo, el Gobierno alegó que encontró una situación precaria en cuanto al presupuesto estatal y debió priorizar la vacunación contra el COVID-19.

Sin embargo, una de las limitantes legales que revirtieron esa posibilidad es que la Corte, en varios de sus fallos, explicitó los mecanismos para proceder con la eliminación del Consejo, que consiste en una reforma parcial.

110 autoridades de control del Estado se eligen por tres vías contempladas en la Constitución

En la Sentencia 3-RC-19 del 1 de agosto de 2019, en la que se pedía un control de constitucionalidad para eliminar al CPCCS, la Corte decidió: “La propuesta de modificación constitucional para suprimir el Consejo de Participación Ciudadana y el consecuente traslado de su atribución de designación de autoridades a la Asamblea Nacional deberá ser tramitada por el mecanismo de reforma parcial previsto en el artículo 442 de la Constitución”.

Con ello, el primer mandatario podrá plantear una enmienda constitucional que permita retirarle las atribuciones, entre estas, de designar autoridades.

El constitucionalista Ismael Quintana recordó que eliminar el Consejo fue una propuesta de campaña que no se cumplió, pero que, si el objetivo es restarle atribuciones, “no va a ser necesario echar mano de una reforma parcial”.

“Ello se podrá hacer mediante una enmienda constitucional que requerirá el dictamen previo de la Corte, en ese sentido, dictaminada la vía, se convocará a un referéndum constitucional”, explicó.

El artículo 104 de la Constitución faculta al Ejecutivo a solicitar la convocatoria a consulta sobre temas que estime convenientes. No obstante, la Corte deberá emitir un dictamen previo sobre la constitucionalidad de las preguntas.

En tanto, el artículo 441 de la Carta Política señala que, para la enmienda de uno o varios artículos de su texto, que no altere su estructura fundamental, deberá realizarse mediante referéndum solicitado por el presidente de la República o por la ciudadanía con el respaldo de al menos el 8 % de personas inscritas en el registro electoral.

De esa forma, el referéndum, precisó Quintana, se lo realiza para modificar textos normativos concretos, como en este caso, si la pregunta llega a ser si se “está de acuerdo en que se enmiende la Constitución para suprimir las facultades de designar autoridades del Consejo, de acuerdo con el siguiente anexo…”, añadió. (I)