Como autores directos del delito de asesinato cometido bajo la modalidad de ejecución constitutiva de una grave violación a los derechos humanos fue la calidad en la que emitió el dictamen acusatorio, la mañana de este sábado, la fiscal Claudia Romero contra los nueve militares activos y pasivos investigados por el asesinato de un policía y dos militares ocurrido durante la revuelta policial del 30 de septiembre de 2010 (30-S).

Según Romero, la Fiscalía investigó el delito de asesinato cometido contra el policía del Grupo de Intervención y Rescate (GIR) Froilán Jiménez, y el soldado y cabo del Ejército Darwin Panchi y Jacinto Cortez, respectivamente, bajo la modalidad de ejecución como grave violación a los derechos humanos.

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Por las tres muertes, la Fiscalía acusa a los oficiales en servicio pasivo de las Fuerzas Armadas Luis Castro, Paúl Guzmán, Jorge Merino, Jorge Peña y Hegel Peñaherrera, así como a los militares activos Fernando Castro, Marco Cano, Luis Orozco y Patricio Guadalupe.

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Este caso se inició por el delito de homicidio, pero más adelante la Fiscalía reformuló cargos para analizar el delito de asesinato contemplado en el artículo 140, numerales 2, 4 y 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Esta normativa señala que la persona que mate a otra será sancionada con pena privativa de libertad de 22 a 26 años, si concurren circunstancias como colocar a la víctima en situación de indefensión, inferioridad o aprovecharse de esta situación (numeral 2); buscar con dicho propósito la noche o el despoblado (numeral 4); y utilizar medio o medios capaces de causar grandes estragos (numeral 5).

En su acusación, Romero también mencionó que, en lo relativo a la normativa internacional que se ha incorporado en nuestro ordenamiento jurídico, conforme la Declaración de los Derechos Humanos, se establece que en este caso existió una vulneración a los artículos de la Convención Americana de Derechos Humanos 4, 5 y 27.

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La fiscal Romero continúa presentando su acusación, la individualización de cargos, y luego pasará a dar a conocer los elementos de prueba (pericial, testimonial y documental) que usará si la jueza de Pichincha Luz María Ortiz decide acoger el pedido de que todos los procesados sean llamados a juicio, como se plantea desde la Fiscalía.

Las tres muertes investigadas se dieron en los alrededores del Hospital de la Policía entre la tarde y noche del 30 de septiembre de 2010. En esa zona del norte de Quito se produjeron actos violentos dentro de la revuelta policial del 30-S, en la que al final de la jornada se produjo el rescate del entonces presidente Rafael Correa, quien estaba siendo atendido en ese hospital.

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La defensa del procesado Hegel Peñaherrera, Paúl Ocaña, cree que jurídicamente será imposible que la Fiscalía pruebe su acusación, pues no se conoce quién disparó el arma. Para el abogado, no se puede entender que los nueve procesados “hayan disparado una misma arma y al unísono”.

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En el inicio de la reinstalación, la jueza Ortiz resolvió rechazar las nulidades expuestas por los procesados y declaró la validez de todo lo actuado hasta el momento por la Fiscalía. Esta audiencia fue suspendida el 1 de septiembre de 2021, luego de que se instaló la etapa preparatoria de juicio, y recién ocho meses después de suspender la diligencia para analizar los vicios de nulidad expuestos se conoció la decisión.

Una vez concluya la Fiscalía con su acusación y el anuncio de prueba, será el turno de los abogados de quienes comparecen como víctimas y los defensores de los procesados. Ellos también darán a conocer su teoría del caso y las pruebas que presentarán de ser el caso que Ortiz llame a juicio.

Solo en ese momento la jueza de Pichincha podrá tomar la decisión de emitir o no un auto de llamamiento a juicio contra quienes crea necesario. Para la resolución, la jueza podría suspender por unos momentos la audiencia e inmediatamente resolver, o podría tomarse algunos días para la deliberación.

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Al existir aún sujetos procesales por intervenir, no se conoce si la diligencia continuará hasta altas horas de la noche, se convocará para mañana (domingo 29 de mayo) o se coloque la continuación de la audiencia en otro día cercano. (I)